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El Laboratorio jurídico sobre desahucios defiende sus propuestas en el Parlamento de Andalucía

Fuente: Europapress 

La consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, se ha comprometido este jueves 5 de junio de 2014 a estudiar una propuesta de reforma del artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que le ha hecho llegar el Laboratorio de Estudios Jurídicos sobre Desahucios de la Universidad de Córdoba (UCO) y con la que se podrían evitar desahucios por razones humanitarias dado el “fracaso” que en esta materia está suponiendo, a su juicio, la Ley Estatal.

Así lo ha dicho Cortés a los medios de comunicación al inicio de la reunión que ha mantenido en el Parlamento andaluz, junto con representantes de los tres grupos políticos con representación en la Cámara autonómica, con los alumnos del mencionado Laboratorio, que también han elaborado un informe sobre la constitucionalidad de la Ley de la Función Social de la Vivienda en Andalucía.

La consejera ha asegurado que su departamento “estudiará a fondo” sendos trabajos porque “como sociedad y como Gobierno estamos absolutamente con un objetivo, que es defender el derecho humano a la vivienda”, ya que “no es posible que en una sociedad democrática que se asienta sobre un Estado socialdemocrático y de Derecho se permita que en el 2013 haya habido un aumento de los desahucios, lo que muestra el fracaso de la ley que aprueba el Gobierno de la Nación”.

Ante ello, Cortés ha recalcado que “hay que remover efectivamente todos los obstáculos para que no se siga sucediendo esta vulneración del derecho humano a la vivienda” y que una de las maneras de hacerlo es reformando el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que “los jueces y las juezas puedan suspender los alzamientos por razones humanitarias”.

Cuestionada por los periodistas sobre si la Junta va a llevar esta iniciativa al Parlamento andaluz o al Congreso de los Diputados, ha contestado que “se puede hacer en los dos espacios”, aunque con distintos mecanismos. “La Cámara andaluza puede proponer esa reforma a través de una proposición de ley y también lógicamente los grupos que están sentados en el Congreso de los Diputados, puesto que es una ley de competencia estatal, pueden plantear esa reforma del artículo 704 de esa ley”, ha explicado.

Por todo ello, la titular de Fomento y Vivienda de la Junta se ha comprometido a estudiar profundamente estas propuestas y ha considerado que hoy es “un día muy importante para el Parlamento andaluz” porque se va a tener la oportunidad de analizar unos informes en los que alumnos universitarios han trabajado de “forma muy concienzuda” para proponer soluciones a un problema tan acuciante como es el de “la emergencia habitacional y la vulneración sistemática del derecho a la vivienda”.

INFORMES NACIDOS DE LA “INTELIGENCIA COLECTIVA”

Tanto la propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil como el informe sobre la constitucionalidad de la Ley de la Función Social de la Vivienda de Andalucía, que Cortés ha calificado como “fruto de la inteligencia colectiva”, han sido realizados por un grupo de unos 60 alumnos del tercer curso del Grado de Derecho de la Universidad de Córdoba y cuya media de edad es de 21 años.

El profesor de estos alumnos del Laboratorio de Estudios Jurídicos sobre Desahucios, Antonio Manuel Rodríguez Ramos, quien ha agradecido a la consejera que les haya dado la oportunidad de ser “escuchados” en el Parlamento, ha destacado que sendos informes son “un ejemplo de que la Universidad también es ciudadanía” y de que los jóvenes “son personas comprometidas con su tiempo y que han tomado conciencia de un gravísimo problema social” como son los desahucios “hasta el extremo de proponer soluciones”.

“Una de ellas, muy urgente y que podría tramitarse prácticamente desde ya, podría evitar los desalojos judiciales de viviendas por causas humanitarias. Y el otro es un informe muy trabajado, con muchas fuentes, que demostraría con argumentos jurídicos que la Ley de la Función Social es constitucional”, ha resumido Rodríguez Ramos.

LA LEY ANDALUZA ES “CONSTITUCIONAL”

Jorge Bernete, uno de los alumnos de la UCO encargado del informe sobre la ley andaluza ‘antidesahucios’, ha explicado que han analizado “diferentes legislaciones tanto internacionales como nacionales y autonómicas”, así como sentencias del propio Tribunal Constitucional (TC), y que con todas ellas han “llegado a la conclusión de que, desde el punto de vista jurídico, es totalmente constitucional”.

De ahí, que haya achacado a argumentos “básicamente económicos” el recurso del Gobierno central a la ley andaluza porque, según ha insistido, desde el punto de vista jurídico y tras analizar distinta jurisprudencia y legislación, la ley andaluza es constitucional. Sobre el hecho de que también el TC haya suspendido cautelarmente la Ley de la Función Social de la Vivienda de Andalcía, este alumno ha advertido de que “hay que tener en cuenta que (el fallo) no ha sido unánime sino que contó con cuatro votos particulares”. “Luego no está la cosa tan clara”, ha apostillado.

UNA REFORMA POSIBLE Y “URGENTE”

Por otra parte, la alumna Inmaculada López ha señalado que la propuesta de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil no sólo sería una “herramienta directa” para que los jueces pudieran suspender desahucios teniendo en cuenta “causas humanitarias” como las relacionadas con la discapacidad, la dependencia, las víctimas de género, los mayores o los menores.

Tras considerar esta reforma “necesaria y urgente”, López ha considerado que sería “posible” si existe la “voluntad” de evitar desahucios porque, “si una ley orgánica se puede hacer de un día para otro, también es posible que este cambio se produzca rápido”.

Con esta intención, van a registrar sendos informes este jueves en el Parlamento andaluz y van a enviarlos también al Congreso de los Diputados. Este Laboratorio de Estudios Jurídicos, que lleva en funcionamiento dos años incluyendo este 2014, ya presentó en mayo de 2013 en el Congreso de los Diputados un total de once propuestas de reforma hipotecaria también destinadas a evitar desahucios.

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Nueva redacción del artículo 704 LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil) propuesta por el Laboratorio Jurídico sobre Desahucios  (en particular su párrafo tercero):

Art. 704 LEC: Lanzamiento de vivienda.

1.- Cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda del ejecutado o de quienes de él dependan, el Secretario Judicial les dará el plazo de un mes para desalojarlo, si su adquirente se compromete a su uso como vivienda de forma inminente. De no ser así, o existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo un mes más.

Transcurridos los plazos señalados, se procederá de inmediato al lanzamiento, fijándose la fecha de éste en la resolución inicial o en la que acuerde la prórroga.

2.- Si el inmueble a cuya entrega obliga el título ejecutivo estuviera habitado por terceras personas distintas del ejecutado y de quienes con él compartan la utilización de aquél, el Secretario judicial responsable de la ejecución, tan pronto como conozca su existencia, les notificará el despacho de la ejecución o la pendencia de ésta, para que, en el plazo de diez días, justifiquen su situación.

El ejecutante podrá pedir al Tribunal el lanzamiento de quienes considere poseedores de mero hecho o sin título suficiente. De esta petición se dará traslado a las personas designadas por el ejecutante, prosiguiendo las actuaciones conforme a lo previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 675.

3.- El Juez, con carácter excepcional, suspenderá el lanzamiento cuando concurran causas humanitarias apreciadas discrecionalmente, hasta que se garantice la protección de los derechos o intereses en riesgo. A tal fin, se librará oficio a las administraciones competentes.

El Ministerio Fiscal intervendrá cuando el lanzamiento afecte a menores, personas mayores, con discapacidad, dependencia, enfermedad grave, víctimas de violencia género y otros supuestos de especial vulnerabilidad.

Lo dispuesto con anterioridad será de aplicación a todos los supuestos de desalojo judicial de vivienda.

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