ACUERDO ACTA DE LA REUNION DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DEL PAS DE 14 DE FEBRERO DE 2017.

Recuperación horas cursos genéricos

PUNTO 6. Obligación de recuperar las horas de los cursos impartidos en horario de trabajo, por el personal que los recibe como cursos genéricos.

Tras el debate de dicho punto, teniendo en cuenta lo estipulado en el ARTICULO 8. COMPENSACIÓN HORARIA, del Reglamento de Formación, se acuerda:

  • Estudiar esta cuestión en el próximo Reglamento de Formación, manteniéndose mientras tanto lo estipulado en el actual, por lo que con carácter general todo aquel personal que realiza en horario de trabajo cursos genéricos debe recuperar las horas dedicadas a dicha actividad formativa.
  • No obstante, si por las características del puesto de trabajo, y con el informe del responsable del área implicada, si para algún PAS fuera necesario realizar una actividad genérica en horario de trabajo, con repercusión positiva en el puesto de trabajo podrá considerarse como formación específica.
  • También aquellas Áreas que no hayan recibido ninguna formación específica del plan de formación del año en curso, podrá considerársele específica una formación afín a su Área.