Ceballos ha repasado el marco normativo que rige la estructura y funcionamiento de las diputaciones, que son “una estructura supramunicipal, obligatoria, reconocida en la Constitución, en la Ley 7/1985 y en el Estatuto de Autonomía Andaluz, y que asiste a los municipios en cuestiones que un ayuntamiento por sí solo no puede realizar”.
La presidenta de la Diputación ha agregado que “en Córdoba hay 75 municipios, la mayoría menores de 20.000 habitantes y son estos los que por sus dimensiones necesitan más a la Diputación. Por ejemplo, las diputaciones ofrecen asesoría urbanística, porque las localidades pequeñas no pueden sufragar el contrato de personal cualificado para redactar un proyecto como la construcción de un jardín”.
Asimismo, María Luisa Ceballos ha explicado la forma de elección de los diputados provinciales y las competencias de la institución, y ha comentado que “creo que todo es debatible en política y en democracia, y sobre todo en una democracia tan joven como la española”.
Entre otros asuntos, la presidenta de la Diputación de Córdoba ha repasado el funcionamiento de los ayuntamientos y los organismos que los componen, además del lugar que ocupan las mancomunidades en el entramado normativo, cuya adscripción por parte de los ayuntamientos es voluntaria.
Por último, María Luisa Ceballos ha abogado por “consensuar con los grupos políticos los acuerdos como un mecanismo para justificar las actuaciones del equipo gobernante”.