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Formación
CONVENIO DE
COOPERACIÓN EN MATERIA DE FORMACIÓN SOCIO-LABORAL ENTRE LA
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Y LA UNIÓN PROVINCIAL DE LA CONFEDERACIÓN
SINDICAL INDEPENDIENTE Y SINDICAL DE FUNCIONARIOS (CSI·
CSIF) DE CÓRDOBA
En Córdoba, a 1 de febrero de 2000
R E U N I D O S
De una parte, el Excmo. Sr.
D. Eugenio Domínguez Vilches, Rector Magfco. de la Universidad de
Córdoba, con plena capacidad legal de acuerdo con lo establecido
en los artículos 18 de la Ley Orgánica 11/83 de 25 de agosto
de Reforma Universitaria y 63.d) de los Estatutos de la Universidad de
Córdoba, aprobados por Decreto 184/1985 de 31 de julio.
Y de otra parte, D. José
Ariza Villodre, Presidente de la Unión Provincial de la Confederación
Sindical Independiente y Sindical de Funcionarios (en adelante CSI·
CSIF).
Ambos se reconocen suficiente capacidad,
representación y legitimación para suscribir este Convenio
y asumir para sí o para sus representados las cargas, obligaciones
y derechos derivados del mismo, y en su virtud
E X P O
N E N
-
Que sin perjuicio de los fines específicos
de cada entidad, ambos comparten el objetivo de contribuir al desarrollo
técnico, científico, cultural y social de la provincia de
Córdoba.
-
Que la Universidad de Córdoba y
CSI· CSIF están
interesados en la creación de un marco bilateral de relaciones que
reflejen su colaboración en la provincia de Córdoba en ámbitos
como:
-
La aplicación de la investigación
científica, tecnológica y social a la actividad laboral.
-
La formación permanente de los
funcionarios y trabajadores en general y especialmente la de los funcionarios
y personal laboral de la Universidad.
-
Que en el cumplimiento de los fines mencionados,
resultará de utilidad para regular la colaboración en los
ámbitos antes expresados un convenio de colaboración con
sujeción a las siguientes
C L Á
U S U L A S
Primera.- Objeto del Convenio.
El objeto del presente Acuerdo es el impulso,
canalización, búsqueda y aportación de recursos para la realización conjunta de
las actividades reseñadas anteriormente.
Segunda.- Ámbito de la
Colaboración.
Las partes colaborarán especialmente
en:
1. El apoyo y difusión de
proyectos de investigación que contemplen:
-
La incidencia de la aplicación
de nuevas tecnologías en la empresa.
-
La mejora en las condiciones socio-económicas
y laborales.
-
La realización de programas de
formación técnico-profesional.
2. La formación de los trabajadores,
que abarcará los ámbitos laboral y socio-cultural con prioridad
a los funcionarios y personal laboral de la Universidad de Córdoba
y afiliados a la Unión Provincial del CSI·
CSIF, y en especial:
-
La formación sindical sobre derechos
y deberes de los trabajadores, normativa legal, representación,
prevención de riesgos laborales, etc.
-
El reciclaje y perfeccionamiento profesional
de funcionarios y personal laboral mediante cursos, seminarios, etc.
-
La preparación, reciclaje y perfeccionamiento
profesional de trabajadores y demandantes de empleo, mediante cursos, seminarios,
etc.
-
Cuantas otras actividades se crean oportunas.
3. Proyectos que incentiven la incorporación
de los jóvenes a la actividad laboral.
Tercera.- Establecimiento de
una Comisión Mixta.
Para el desarrollo y ejecución del presente
convenio, se constituirá una Comisión Mixta integrada por tres representantes de
cada parte. La Comisión elaborará antes del comienzo de cada año un Plan de
Actividades que contemplará la programación a realizar en la anualidad, y
elaborará, antes del final de cada año, la Memoria correspondiente al Plan anual
para ser sometida a los correspondientes órganos de gobierno y dirección.
La Comisión se reunirá
con carácter ordinario una vez al trimestre a fin de realizar un
seguimiento del desarrollo del Plan.
Cuarta.- Actividades Formativas.
La Unión Provincial de CSI·
CSIF en lo referente a "formación de los trabajadores" aportará
los recursos materiales, humanos y técnicos de la Secretaría
y Departamento Territorial de Formación, responsabilizándose
de la gestión y expediente administrativo de las actividades de
formación. La Universidad de Córdoba validará y homologará
las actividades formativas programadas al amparo de este convenio, firmando
conjuntamente con el Departamento Territorial de Formación de CSI·
CSIF los certificados que se entreguen a los participantes.
Quinta.- Entrada en vigor.
El presente convenio entrará
en vigor en el momento de su firma y su vigencia será indefinida.
Cualquiera de las partes podrá denunciarlo o proponer su modificación,
comunicándolo a la otra con una antelación de, al menos,
tres meses a la finalización del Plan Anual de Actividades.
Y en prueba de conformidad, lo firman
y rubrican en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por la UNIVERSIDAD
DE CÓRDOBA
Eugenio Domínguez
Vilches
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Por CSI·CSIF
José Ariza
Villodre
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