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Formación

 

 

CONVENIO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE FORMACIÓN SOCIO-LABORAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Y LA UNIÓN PROVINCIAL DE LA CONFEDERACIÓN SINDICAL INDEPENDIENTE Y SINDICAL DE FUNCIONARIOS (CSI· CSIF) DE CÓRDOBA

 

En Córdoba, a 1 de febrero de 2000

 

R E U N I D O S

 

De una parte, el Excmo. Sr. D. Eugenio Domínguez Vilches, Rector Magfco. de la Universidad de Córdoba, con plena capacidad legal de acuerdo con lo establecido en los artículos 18 de la Ley Orgánica 11/83 de 25 de agosto de Reforma Universitaria y 63.d) de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 184/1985 de 31 de julio.

Y de otra parte, D. José Ariza Villodre, Presidente de la Unión Provincial de la Confederación Sindical Independiente y Sindical de Funcionarios (en adelante CSI· CSIF).

Ambos se reconocen suficiente capacidad, representación y legitimación para suscribir este Convenio y asumir para sí o para sus representados las cargas, obligaciones y derechos derivados del mismo, y en su virtud

 

E X P O N E N

 

  1. Que sin perjuicio de los fines específicos de cada entidad, ambos comparten el objetivo de contribuir al desarrollo técnico, científico, cultural y social de la provincia de Córdoba.
  2. Que la Universidad de Córdoba y CSI· CSIF están interesados en la creación de un marco bilateral de relaciones que reflejen su colaboración en la provincia de Córdoba en ámbitos como:
  • La aplicación de la investigación científica, tecnológica y social a la actividad laboral.
  • La formación permanente de los funcionarios y trabajadores en general y especialmente la de los funcionarios y personal laboral de la Universidad.
  • La integración laboral.
  1. Que en el cumplimiento de los fines mencionados, resultará de utilidad para regular la colaboración en los ámbitos antes expresados un convenio de colaboración con sujeción a las siguientes

C L Á U S U L A S

 

 Primera.- Objeto del Convenio.

El objeto del presente Acuerdo es el impulso, canalización, búsqueda y aportación de recursos para la realización conjunta de las actividades reseñadas anteriormente.

Segunda.- Ámbito de la Colaboración.

Las partes colaborarán especialmente en:

1. El apoyo y difusión de proyectos de investigación que contemplen:

  • La incidencia de la aplicación de nuevas tecnologías en la empresa.
  • La mejora en las condiciones socio-económicas y laborales.
  • La realización de programas de formación técnico-profesional.

2. La formación de los trabajadores, que abarcará los ámbitos laboral y socio-cultural con prioridad a los funcionarios y personal laboral de la Universidad de Córdoba y afiliados a la Unión Provincial del CSI· CSIF, y en especial:

  • La formación sindical sobre derechos y deberes de los trabajadores, normativa legal, representación, prevención de riesgos laborales, etc.
  • El reciclaje y perfeccionamiento profesional de funcionarios y personal laboral mediante cursos, seminarios, etc.
  • La preparación, reciclaje y perfeccionamiento profesional de trabajadores y demandantes de empleo, mediante cursos, seminarios, etc.
  • Cuantas otras actividades se crean oportunas.

3. Proyectos que incentiven la incorporación de los jóvenes a la actividad laboral.

Tercera.- Establecimiento de una Comisión Mixta.

Para el desarrollo y ejecución del presente convenio, se constituirá una Comisión Mixta integrada por tres representantes de cada parte. La Comisión elaborará antes del comienzo de cada año un Plan de Actividades que contemplará la programación a realizar en la anualidad, y elaborará, antes del final de cada año, la Memoria correspondiente al Plan anual para ser sometida a los correspondientes órganos de gobierno y dirección.

 La Comisión se reunirá con carácter ordinario una vez al trimestre a fin de realizar un seguimiento del desarrollo del Plan.

Cuarta.- Actividades Formativas.

La Unión Provincial de CSI· CSIF en lo referente a "formación de los trabajadores" aportará los recursos materiales, humanos y técnicos de la Secretaría y Departamento Territorial de Formación, responsabilizándose de la gestión y expediente administrativo de las actividades de formación. La Universidad de Córdoba validará y homologará las actividades formativas programadas al amparo de este convenio, firmando conjuntamente con el Departamento Territorial de Formación de CSI· CSIF los certificados que se entreguen a los participantes.

Quinta.- Entrada en vigor.

El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia será indefinida. Cualquiera de las partes podrá denunciarlo o proponer su modificación, comunicándolo a la otra con una antelación de, al menos, tres meses a la finalización del Plan Anual de Actividades.

Y en prueba de conformidad, lo firman y rubrican en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

 

Por la UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
 
 
 
 

Eugenio Domínguez Vilches

 

Por CSI·CSIF
 
 
 
 

José Ariza Villodre

 

 

 

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