Solicitud Convocatoria Extraordinaria de Abril (Finalización de Carrera) (Publicado el 27/02/2024)
Solicitud Convocatoria Extraordinaria de Abril (Finalización de Carrera)
Durante el mes de marzo se abre el plazo de solicitud de la Convocatoria Extraordinaria de Abril (Finalización de Carrera), a través de SIGMA
Normativa
Artículo 74. Convocatoria extraordinaria de finalización de estudios
1. El estudiantado con menos del 15 % de créditos pendientes para la obtención de un título de Grado, excluyendo el Trabajo Fin de Grado y las Prácticas Externas obligatorias, podrá solicitar a la Dirección de su Centro, una única vez, una convocatoria extraordinaria de finalización de estudios, sin perjuicio de las Normas de Permanencia de la Universidad, y de las incompatibilidades de matrícula y/o examen que determinen los planes de estudios. Dicha convocatoria extraordinaria deberá ajustarse a los requisitos y procedimientos establecidos en el presente artículo.
2. La solicitud de convocatoria extraordinaria deberá presentarse a lo largo del mes de marzo en la Secretaría del Centro correspondiente (a través de SIGMA ), y deberá incluir todas las asignaturas pendientes para finalizar los estudios, en las que se deberá haber consumido al menos una convocatoria. En ningún caso podrán incluirse el Trabajo Fin de Grado y las Prácticas Externas en la solicitud.
3. La celebración de las evaluaciones correspondientes de la convocatoria extraordinaria de finalización de estudios tendrá lugar a lo largo del mes de abril, y no cabrá en ningún caso la calificación de “No Presentado”.
4. En cualquier caso, las fechas concretas de solicitud y celebración se incluirán anualmente en el calendario académico.
5. En casos debidamente justificados y acreditados, podrá solicitarse el adelanto de la
convocatoria extraordinaria de finalización de estudios, siempre que se cumplan el resto de
requisitos del presente artículo, lo que resolverá motivadamente el Decano o Director del Centro
correspondiente.