Estatutos del Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba

Artículo 1. Naturaleza y finalidad

El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba es un aula de proyección socialy cultural de la Universidad de Córdoba conforme al artículo 91 de sus Estatutos,y al Reglamento 17/2020 General de Aulas de Proyección Social y Cultural de la Universidad de Córdoba

El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba, es una estructura de proyección social y cultural universitaria que tiene como finalidad configurar un espacio de encuentro y colaboración entre los miembros de la comunidad universitaria interesados en la comunicación y en la producción radiofónica y servir como instrumento para la colaboración con asociaciones y otros sectores
ciudadanos en materia de comunicación social.


Artículo 2. Normativa aplicable


El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba se regirá por el presente Reglamento, por el Reglamento 17/2020 General de Aulas de Proyección Social y Cultural de la Universidad de Córdoba, por el resto de la normativa universitaria y administrativa que le sea de aplicación.


Artículo 3. Estructura

El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba estará compuesta por:

a) Un Consejo Asesor de entre 4 y 8 miembros de la comunidad universitaria. Los miembros del Consejo Asesor serán nombrados por el Consejo de Gobierno a propuesta del Rector o Rectora.

b) Una persona que ejercerá la Coordinación del Aula y que será nombrada por el Rector o Rectora, de entre un máximo de tres personas propuestas por o desde el Consejo Asesor. Será requisito para este nombramiento ser miembro del profesorado o del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba, cesando en el cargo de manera inmediata si cesara esta vinculación.

c) Una persona que ejercerá la Secretaría del Aula y que será elegido por el Coordinador o Coordinadora de entre los miembros del Consejo Asesor. El funcionamiento del Consejo se regirá, en lo no previsto en este Reglamento o normativas aplicables, por la normativa propia de los órganos colegiados.

Artículo 4. Duración del mandato

Todos los cargos mencionados en el artículo anterior tendrán una duración máxima de cuatro años, pudiendo ser reelegidos. Además del cumplimiento del período del mandato, los referidos cargos podrán cesar por decisión del Recto o Rectora o por renuncia aceptada por éste.


Artículo 5. Funciones del Aula

El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba tendrá las siguientes funciones:


a) Extensión universitaria en las materias que sean objeto de su ámbito específico.

b) Propuesta y tutela de cursos de extensión universitaria de la Universidad de Córdoba, y siempre de conformidad y siguiendo lo establecido en la normativa vigente que regula estas enseñanzas en la Universidad de Córdoba.

c) Propuesta, organización y desarrollo de actividades, jornadas, certámenes y eventos en general que supongan reflexionar, profundizar o debatir aspectos propios de su ámbito de estudio y/o manifestación artística.

d) Actividades y desarrollo de iniciativas de promoción, producción y creación cultural y/o artística. En el ejercicio de sus funciones el Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba será supervisada por la Comisión de Cultura y Proyección Social de dicha Universidad.


Artículo 6. Funciones de la Coordinación del Aula


Serán funciones de la Coordinación del Aula:

  • Coordinación y Dirección del Aula.
  • Representar al Aula.
  • Ser interlocutor/a con el Vicerrectorado y la Dirección de Cultura.
  • Ser responsable de la Unidad de Gasto del Aula, si la hubiere.
  • Presentar los planes de actividades y las memorias que correspondan, al menos una anual.

Artículo 7. Funciones del Consejo Asesor

  • Asesorar al/la Coordinador y al Aula sobre las actividades a realizar y su producción.
  • Promoción, seguimiento y supervisión de las actividades a desarrollar.
  • Aprobar los planes de actividades previstos.
  • Aprobar la memoria anual presentada por la Coordinación y elevarla a la Comisión con competencias en materia cultural.
  • Propuesta de proyectos al Aula.
  • Búsqueda de financiación, en su caso.

Artículo 8. Funciones de la Secretaría del Aula

  • Apoyo a la Coordinación.
  • Levantar acta de las reuniones del Consejo Asesor.
  • Conservar las actas, que estarán a disposición de la Comisión con competencias en materia cultural de la Universidad de Córdoba.


Artículo 9. Recursos disponibles


El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba deberá basar su actividad en el principio de autosuficiencia financiera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento X/2020 General de Aulas de Proyección Social y Cultural de la Universidad de Córdoba.
En el momento de su creación, no cuenta con ningún recurso.


Artículo 10. Extinción
La extinción del Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba se producirá por acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta motivada del Rector o Rectora, una vez oída la Comisión que en su caso tenga estas competencias establecidas, o por cualquier circunstancia contemplada en el Reglamento X/2020 General de Aulas de Proyección Social y Cultural de la Universidad de Córdoba.


Disposición derogatoria (caso de ser necesaria)
El presente Reglamento deroga todas aquellas normas, de igual o inferior rango, que contradigan o se opongan a su contenido.

Disposición Final
Este Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO).

El Aula de Radio y Podcasting de la Universidad de Córdoba está registrada en la Universidad y se pueden consultar otras Aulas en el presente enlace:

https://www.uco.es/cultura/aulas-de-proyeccion-social-y-cultural-de-la-universidad-de-cordoba

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