Acceso
Acceso
El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero de 2011 (modificado por el Real Decreto 576/2023, de 4 de julio), que regula la organización de los estudios de doctorado correspondientes al tercer ciclo de las enseñanzas universitarias, contempla, en sus Artículos 6 y 7, los “Requisitos de Acceso al Doctorado” y los “Criterios de Admisión” al mismo.
En ellos indica que “con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas”, y se acredite un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), regulando además algunas otras vías de acceso posibles.
Además recoge que “Las universidades, a través de las comisiones académicas a que se refiere el artículo 8.3 de este real decreto, podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes a un concreto programa de doctorado. En particular, se podrá establecer el aval de una investigadora o investigador como posible Directora o Director de la tesis doctora”, y que “La admisión a los Programas de Doctorado, podrá incluir la exigencia de complementos de formación específicos. Dichos complementos de formación específica deberán superarse en el periodo inicial de desarrollo de la tesis, en un plazo máximo de un curso académico, y tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado.
Requisitos
Modalidades de acceso a los estudios de doctorado
La Legislación actual regula las siguientes vías de Acceso a los estudios de Doctorado:
1. Con carácter general, para el acceso a un Programa oficial de Doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas y se acredite un nivel MECES 3.
2. Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
- Personas con título de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grados de 240 ECTS: deberán haber cursado un máster universitario con perfil investigador que incluya, al menos, 16 créditos ECTS metodológicos y de formación en investigación y haber realizado el trabajo de fin de máster con carácter investigador.
- Personas con título de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grados de 240 ECTS: que hayan cursado un máster que no incluya formación investigadora (másteres profesionales): deberán haber cursado complementos de formación de estudios de Doctorado constituidos por 16 créditos ECTS metodológicos y de formación en investigación y un trabajo de investigación equivalente a 16 ECTS.
- Personas con título de licenciatura, ingeniería o arquitectura, que haya sido reconocido como de Nivel 3 del sistema MECES por el Ministerio.
- Graduados y graduadas cuyos estudios, conforme a las normas de derecho comunitario, tengan como mínimo 300 ECTS: deberán haber cursado complementos de formación de estudios de Doctorado constituidos por 16 créditos ECTS metodológicos y de formación en investigación y un trabajo de investigación equivalente a 16 ECTS.
- Personas con titulación universitaria que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un Programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud: podrán ser admitidos directamente o deberán cursar los complementos de formación de estudios de Doctorado que establezca la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
- Personas que hayan obtenido el título de Doctor o Doctora conforme a anteriores ordenaciones universitarias o que estén en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, o hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero: podrán ser admitidos directamente o deberán cursar los complementos de formación de estudios de Doctorado que establezca la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
- Personas en posesión de un título universitario de Máster obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros. Podrán ser admitidas a los estudios de Doctorado sin necesidad de la homologación del título y previa comprobación por parte de la Universidad de Córdoba de que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster universitario, incluida la formación investigadora equivalente a la requerida en esta Normativa, y de que dicho título faculta en el país expedidor del mismo para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implicará en ningún caso la homologación del título previo que posea la persona interesada, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar estudios de Doctorado.
- Acceso a los estudios de Doctorado de personas con diplomaturas, ingenierías técnicas y arquitectura técnica. Hasta el establecimiento de los complementos formativos para que estas personas obtengan el título de grado, podrán acceder a los Programas de Doctorado regulados quienes posean una diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica que hayan superado entre 90 y 120 ECTS de máster universitario, obtenidos por los créditos cursados para la obtención del título de máster y los complementos de formación de estudios de Doctorado que determine la Comisión Académica del Programa de Doctorado. Esta formación deberá incluir, al menos, 16 créditos ECTS metodológicos y de formación en investigación y un trabajo de investigación equivalente a 16 ECTS si el trabajo de fin de máster realizado no era de carácter investigador.
3. Las Universidades, a través de las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado, podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes a un concreto programa de doctorado. Además, la admisión a los Programas de Doctorado, podrá incluir la exigencia de complementos de formación específicos.
Dichos complementos de formación específica tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio la consideración de formación de nivel de doctorado y su desarrollo no computará a efectos del límite establecido para la duración máxima de los estudios de Doctorado.
Complementos
Complementos de formación
El acceso a doctorado requiere la realización de complementos formativos (normalmente serán asignaturas transversales, asignaturas metodológicas de investigación, asignaturas seleccionadas de Máster, etc.) para:
- Quienes posean una diplomatura, ingeniería técnica y arquitectura técnica, y hayan superado un Máster Universitario.
- Los licenciados, ingenieros, arquitectos o grados de 240 créditos ECTS, que hayan cursado un máster que no incluya formación investigadora.
- Los doctorandos que hayan realizado cuatro cursos monográficos en el plan de estudios de doctorado de 1985.
- Los alumnos que hayan cursado másteres investigadores distintos a los que dan acceso al Programa de Doctorado (mirar en cada Programa de Doctorado) deberán solicitar su admisión. Posteriormente la Comisión Académica del Programa de Doctorado decidirá si debe realizar los complementos.
- En general, todos aquellos que reciban el Acceso a Doctorado con la condición, impuesta por la Comisión Académica de su Programa de Doctorado, de cursar ciertos Complementos de Formación.
Para agilizar trámites, aquellos que sepan que deben cursar Complementos de Formación, deberán presentar el documento: "Solicitud de matrícula en asignaturas como complementos formativos exigidos por la CAPD".
La Universidad de Córdoba permite solicitar el reconocimiento de créditos por haber realizado actividades relacionadas con la investigación. Para ello existe un baremo aprobado (ver baremo) y un impreso de solicitud de reconocimiento de créditos.
Procedimiento
- Realizar la solicitud a la Comisión Académica del Programa de Doctorado (en adelante CAPD) para acceder a un programa de doctorado, en los plazos y modelos de impresos establecidos.
- Solicitar convalidación de créditos, en aquellos casos en los que sea posible.
- Resolución de la CAPD indicando los créditos complementarios que debe realizar.
- Matrícula en el IdEP (Doctorado), sito en el Rectorado (Avda. Medina Azahara nº 5 de Córdoba), en los plazos establecidos.
- Los doctorandos que hayan superado los cursos monográficos deberán aportar certificado acreditativo de los cursos realizados.
Precios públicos y tasas publicado en el decreto de precios públicos de la Junta de Andalucia
- Cada crédito: a consultar en el decreto de precios públicos
- Tarjeta universitaria: a consultar en el decreto de precios públicos
- Seguro escolar obligatorio (sólo menores de 28 años).
Impresos
IMPRESOS, NORMATIVA Y CERTIFICACIONES >> Complementos formativos
Admisión
PROCESOS, DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS PARA LA ADMISIÓN
Con carácter general, para acceder a un Programa oficial de Doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas, aunque existen otras formas de Acceso (ver apartado Modalidades de acceso a los estudios de doctorado).
Si se considera que se cumplen los requisitos para acceder a los estudios de Doctorado, se procederá a realizar la solicitud, en los plazos que anualmente se establezcan, mediante el siguiente procedimiento:
1. Solicitud de admisión. Mediante solicitud por SIGMA, que solamente se abrirá en los plazos establecidos.
La elección del tutor/a es obligatoria y es necesario ponerse en contacto previamente con el tutor, debiendo aportar su aceptación firmada. Se pueden consultar los 13 Programas de Doctorado ofertados (los correos electrónicos de los profesores implicados se pueden encontrar en el buscador de personas de la UCO, o dentro de cada programa de doctorado en el apartado de líneas de investigación (líneas y RRHH). En el caso de que el director/a sea una persona distinta del tutor/a, será necesario aportar también la aceptación firmada por el director/a. Los impresos están disponibles en el apartado de Solicitudes de Admisión.
2. De cualquier forma, a la vista del expediente presentado en la solicitud, la CAPD podrá exigir la realización de Complementos de Formación específicos, Complementos Formativos Adicionales, a realizar durante el periodo inicial de Doctorado.
3. Una vez finalizado el plazo de solicitud de admisión y trascurrido el tiempo necesario para que la CAPD resuelva, dicha resolución será comunicada al solicitante, quien deberá formalizar la matrícula en SIGMA. A continuación, el solicitante deberá abonar dicho documento de pago en el plazo que se le especifique para ello. En caso contrario, se considerará que ha desistido de su intención de matricularse en los estudios de Doctorado.
Documentación requerida en el proceso de admisión
- Copia de su Pasaporte ó Documento Identidad nacional (paises UE).
- Copia de los títulos o diplomas de educación superior (bachellor, grado, licenciatura o ingeniería o equivalentes) que ha realizado. Traducidos oficialmente al castellano o al inglés, en caso de idioma diferente a estos.
- Copia del título o diplomas de máster que ha realizado, o del título de educación superior extranjero equivalente, o de la certificación acreditativa de su expedición. Traducidos oficialmente al castellano o al inglés, en caso de idioma diferente a estos.
- En caso de título extranjero, acreditar que dicho título faculte en el país expedidor para el acceso a estudios de doctorado. Puede para ello aportar, por ejemplo un certificado análogo al "Modelo de certificación de acceso a estudios oficiales de doctorado en el país de origen" (1).
- Copia de la certificación académica de los estudios realizados por la persona para la obtención del título, en la que consten:
- Duración oficial de los estudios realizados en cada uno de los cursos académicos del Máster Universitario o equivalente.
- Carácter investigador del Máster realizado.
- Asignaturas cursadas.
- Carga horaria de cada una de las asignaturas cursadas.
- Calificación obtenida en cada una de las asignaturas cursadas.
- "Solicitud aceptación Dirección y Tutoría en el Programa de Doctorado" (2), firmada digitalmente por el tutor/director.
- En su caso, "Solicitud Admisión al Doctorado a tiempo parcial" (3), y los documentos acreditativos de los motivos de solicitar tiempo parcial.
- Curriculum Vitae.
Impresos y Solicitudes (1) (2) (3)
Impresos, normativa y certificaciones >> Acceso y admisión
Plazos para solicitar la admisión
Consultar calendario académico oficial
- Fase Primera (adecuada para los que acaban su Máster en Julio o Septiembre):
- Fase Segunda (adecuada para los que acaban su Máster en Diciembre, han tenido que hacer Complementos de Formación previos, o cualquiera que no haya podido hacerlo en la primera fase):
PREADMISIÓN (FUERA DEL PERIODO DE ADMISIÓN)
Con frecuencia se necesita una admisión anticipada a estudios de doctorado motivada por la necesidad de obtener un justificante de Preadmisión al Programa de Doctorado a efectos de Solicitud de Beca de Formación por parte del doctorando, o porque los programas internacionales de movilidad que ofertan becas piden como requisito a los/las solicitantes la presentación de una carta de preadmisión que garantice que podrán cursar los estudios correspondientes si obtienen la beca.
Si el periodo de preinscripción no estuviera abierto en la Universidad de Córdoba cuando se requiere ese certificado, deberán presentar a través de Sede Electrónica de la UCO, mediante el trámite de Solicitud genérica, dirigida a Estudios de Doctorado, la Solicitud de Preadmisión a un programa de doctorado, que podrá descargarse en la página web de doctorado: Impresos, normativa y certificaciones.>>
Acceso y admisión
En caso de que su solicitud sea aprobada por la Comisión Académica del Programa de Doctorado (CAPD), el Coordinador emitirá la Carta de Preadmisión. Firmar esta carta supone el compromiso por parte de la CAPD y de la Institución de admitir al/a la candidato/a si se le concede la beca que ha solicitado, por lo que el Coordinador podrá recabarla información necesaria, que podrá solicitar a los/las candidatos/as todos los datos y documentación que estimen conveniente.
En cualquier caso, la obtención de esta carta de preadmisión no exime de la obligatoriedad de iniciar el procedimiento establecido para la admisión en la forma y plazos establecidos, de cumplir los requisitos de acceso a los programas oficiales de doctorado y los de admisión del programa de doctorado de su interés.
Permanencia
Régimen de Permanencia
El RD 99/2011, que regula los actuales estudios de Doctorado, establece por vez primera, en éste Nivel Académico, un plazo máximo de duración de los estudios de doctorado con la posibilidad de dedicación a tiempo parcial y a tiempo completo, indicando que:
1. La duración de los estudios de Doctorado será de un máximo de tres años, a tiempo completo, a contar desde la admisión del doctorando al Programa hasta la presentación de la tesis doctoral. Si transcurrido el citado plazo de tres años no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión responsable del Programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional, en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente Programa de Doctorado.
2. Podrán realizarse estudios de Doctorado a tiempo parcial por causas debidamente justificadas. El carácter parcial de estos estudios deberán ser autorizados por la Comisión Académica responsable del Programa y podrán tener una duración máxima de cinco años desde la admisión al Programa hasta la presentación de la tesis doctoral. En estos casos la prórroga podrá autorizarse por dos años más que, excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional.
3. A los efectos del cómputo del periodo anterior no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, permisos por maternidad o paternidad o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente. Tampoco el tiempo dedicado a Complementos de Formación previos al Acceso completo a Doctorado (Complementos de Adaptación).
4. El doctorando o la doctoranda podrá solicitar su baja temporal en el Programa por un período máximo de un año, ampliable hasta un año más. Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la Comisión Académica responsable del Programa, que se pronunciará sobre la procedencia de acceder a lo solicitado.
En las figuras siguientes se esquematiza este concepto.
Estructura doctorado anual
Duración máxima del doctorado
- TC: 3 años + 1 prórroga + 1 excepcional = 5 años
- TP: 5 años + 2 prórroga + 1 excepcional = 8 años (justificar)
- No cuenta: Bajas Laborales o Maternidad; Cursos Adaptación.
- Interrupción: Baja temporal máx: 1+1 años; Sujeto a Aprobación CAPD
Tiempo completo | |
---|---|
1er año | Admisión a programa de doctorado Matrícula de tutela académica |
2º año | Renovación de matrícula |
3er año | Renovación de matrícula. Defensa de tesis doctoral |
4º año | 1ª prórroga: Renovación de matrícula. Defensa tesis doctoral |
5º año | 2ª prórroga: Renovación de matrícula. Defensa de tesis doctoral |
Tiempo parcial | |
---|---|
1er año | Admisión a programa de doctorado Matrícula de tutela académica |
2º año | Renovación de matrícula |
3er año | Renovación de matrícula |
4º año | Renovación de matrícula |
5º año | Renovación de matrícula. Defensa de tesis doctoral |
6º año | 1ª prórroga: Renovación de matrícula. Defensa de tesis doctoral |
7º año | 1ª prórroga: Renovación de matrícula. Defensa de tesis doctoral |
8º año | 2ª prórroga: Renovación de matrícula. Defensa de tesis doctoral |
Baja temporal voluntaria
- Procedimiento de solicitud de baja temporal voluntaria
IMPRESOS, NORMATIVA Y CERTIFICACIONES >> Tutela académica
Matricula
Modalidades de matrícula en el curso 2021/2022
- PRIMERA MATRÍCULA de tutela académica (en caso de ser admitido por la Comisión) en Programas de Doctorado del R.D. 2011
Una vez sean admitidos los alumnos por la Comisión recibirán una comunicación indicándoles el plazo que disponen para realizar la automatrícula en Sigma.
- RENOVACIÓN DE MATRÍCULA de tutela académica en programas de Doctorado del R.D. de 2011 (para matrículas de segundo año y sucesivas)
Del 1 de octubre al 2 de noviembre de 2021. Mediante automatrícula en SIGMA, siendo obligatoria para todos los doctorandos que estuvieran matriculados en el curso 2020/2021. Se exime a los estudiantes que se les hubiera autorizado la BAJA TEMPORAL para todo el curso 2021/2022. Los alumnos que tengan previsto defender la tesis en dicho curso, solo tienen que matricularse de la tutela correspondiente. La matrícula de la tesis se les hará desde secretaría una vez fijada la fecha de lectura.
Normas de Matrícula en la Universidad de Córdoba. Curso 2019/2020
- Acción Social de la Universidad de Córdoba
- Si tiene derecho a la ayuda de matrícula del fondo de acción social de la Universidad de Córdoba, deberá proceder de la siguiente manera:
La solicitud ha de ser presentada por el trabajador de la UCO titular del derecho, a través de la sede electrónica. Una vez formulada la solicitud podrá hacer su automatrícula, teniendo en cuenta lo siguiente:
o NO DEBE MARCAR EL DESCUENTO EN LA MATRÍCULA
o AL FINALIZAR LA MATRÍCULA, SE LE EXPEDIRÁ ABONARÉ DE PAGO. UNA VEZ ABONADO DEBERÁ SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN A ACCIÓN SOCIALUna vez resuelta su solicitud, se le indicará cómo debe proceder, según el caso. Más información en la web de Acción Social.
Seguro Complementario de Accidentes (Información en el Artº 9 de las Normas de Matrícula en la Universidad de Córdoba). Más detalles de la información en el siguiente enlace
Bajas y prórrogas en los programas de doctorado
- BAJA TEMPORAL VOLUNTARIA
- El doctorando podrá solicitar su baja temporal en el programa por un período mínimo de tres meses y máximo de un año, ampliable hasta un año más.
- Las bajas temporales por curso académico completo se solicitarán del 1 al 31 de octubre de 2020. En estos casos no procederá la formalización de la tutela académica del curso 2020/2021.
- BAJA por enfermedad, maternidad o baja laboral
- Se notificará, mediante impreso normalizado, cuando se obtenga la Baja Médica (Se deberá hacer la evaluación de la primera,segunda o siguientes)
- Se notificará, así mismo, cuando se produzca el alta médica, con copia de la misma.
- SOLICITUD DE PRÓRROGA (Normal o Extraordinaria) para la presentación de la Tesis.
- Se debe solicitar al menos 1 mes antes de la fecha indicada por SIGMA para la finalización prevista del Doctorado. También se podrá solicitar antes, coincidiendo con el proceso de Evaluación Anual de Seguimiento del Doctorando.
Precios Públicos
- Curso Académico 2020/2021 Decreto 106/2020, de 28 de julio (BOJA 3 de agosto).
Para poder matricularse en uno de los Programas de Doctorado vigentes en la UCO, se debe acceder a través de la aplicación de Solicitud de Admisión a los estudios de Doctorado que se encuentra en la siguiente dirección:
Esta aplicación se abrirá en los plazos habilitados para ello, y a ella habrá que aportar la documentación que se le demande (Documentos acreditativos de la vía de Acceso por la que se opta; indicación del Programa de Doctorado al que se quiere acceder, propuesta de un Tutor/Director de tesis para su periodo doctoral; etc).
Compete a la Comisión Académica sobre la procedencia o no de la admisión al Programa de Doctorado, y sobre la necesidad, en su caso, de cursar complementos específicos. Dicha propuesta, en caso de ser favorable a la admisión, incluirá también el nombramiento del tutor/director del candidato o candidata.
Admisión Complementos Formativos Específicos.
La Comisión Académica del Programa de Doctorado podrá establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes a un programa de doctorado.
La admisión al programa de doctorado, podrá incluir la exigencia de los complementos de formación específicos.
Dichos complementos de formación específica deberán superarse en el periodo inicial de desarrollo de la tesis, en un plazo máximo de un curso académico, y tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado.
Matricula de tutela Académica
Una vez efectiva la admisión del doctorando o doctoranda en el Programa de Doctorado, se deberá formalizar la matrícula de tutela académica como estudiante de Doctorado en el Instituto de Estudios de Postgrado cada curso académico y hasta la lectura de la tesis, de acuerdo con el procedimiento y calendario que se establezcan.
Normalmente se establecerán 2 plazos anuales.
La fecha de primera matricula al doctorado será la que se tenga en cuenta para los requisitos de permanencia en los estudios de Doctorado. Si la liquidación de la Tutela Académica no se abona en el plazo notificado para ello, se anulará la Admisión y, en caso de querer realizar estudios de doctorado, habrá de iniciarse de nuevo todo el proceso.
Las personas incorporadas a un Programa de Doctorado se someterán al régimen jurídico, en su caso contractual, que resulte de la legislación específica que les sea de aplicación.
La renovación de la Tutela Académica en los Programas de Doctorado del Real Decreto 99/2011 se hace mediante automatrícula.
Se establecerá un único plazo en torno al comienzo del curso académico.
Para poder realizar la automatrícula es necesario tener superada la tutela del curso académico anterior al de la renovación (es decir estar aprobado en el ACTA del curso en cuestión). En la página de Sigma donde puedes consultar el expediente podrá ver si tiene la tutela superada por lo que lo que tiene que hacer primero es acceder a la gestión del expediente y comprobar dicho requisito.
Una vez comprobada la superación de la tutela podrá acceder a la automatrícula a través de las instrucciones para realizar la automatrícula en las fechas correspondientes.
Recuerde que para acceder tanto a la gestión del expediente como a la automatrícula debe usar el usuario y contraseña de la Universidad de Córdoba con el que realiza todas las gestiones. Si tiene algún problema con la cuenta puede entrar en www.uco.es/sigu
Evaluación
Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que incluirá, al menos, la hipótesis de trabajo, la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho Plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el tutor y el director.
Para superar el primer año de doctorado habrá de tenerse aprobado el Plan Investigación, Plan Formación y Compromiso Doctoral. Para ello, en los plazos que se establezcan anualmente, se deberán presentar estos 3 documentos, así como definir Titulo de Tesis, Macroarea, Directores, etc., a través de la siguiente aplicación:
Plazos para realizar la evaluación.
Consultar calendario académico
El Compromiso Doctoral es idéntico para todos los Programas de Doctorado, en cambio el formato del Plan de Formación es específico de cada Programa, por lo que se debe entrar en la página web del Programa de Doctorado en cuestión, buscar el Plan de Formación y rellenar el impreso descargado.
La Comisión Académica del Programa, CAPD, evaluará el Plan de Investigación, el Plan de Formación y la correcta firma del Compromiso Doctoral. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado, a cuyo efecto modificará los documentos que le hayan sido señalados por la CAPD como deficitarios. En el supuesto de producirse una segunda evaluación no positiva, el doctorando causará baja definitiva en el doctorado.
Una vez superado el primer curso de los estudios de doctorado, tras realizar cada una de las Actividades Formativas que se cursen, se deberán subir a SIGMA para que se registren en el Documento de Actividades del Doctorando, que servirá para realizar el seguimiento anual obligatorio y para presentarlo ante el Tribunal el día que se defienda la Tesis Doctoral.
A partir del 2º año de realización de la tesis y hasta su finalización, es obligatorio someterse anualmente a un seguimiento del desarrollo de los estudios de doctorado. Para ello, el alumnado de Doctorado del RD 99/2011 deberá exponer cada año el desarrollo de su Plan de Investigación (metodología, avances y resultados más significativos alcanzados) ante la Comisión de Seguimiento propuesta por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
En este acto se presentará también el documento de actividades realizadas (desarrollo del Plan de Formación) y los directores de la Tesis emitirán informes de la labor realizada por su doctorando de la persona que tutoriza y/o dirige la tesis. La evaluación positiva, emitida por la CAPD, será requisito indispensable para continuar en el Programa y poderse matricular del siguiente año de tutela académica. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando o la doctoranda se someterá a una nueva evaluación en una segunda convocatoria. En el supuesto de producirse una segunda evaluación no positiva, el doctorando causará baja definitiva en el doctorado.
Para poder presentarse al Seguimiento Anual de los estudios de Doctorado, es necesario tener superada la tutela del curso académico anterior (es decir estar aprobado en el ACTA del curso en cuestión).
Para poder presentar el estado de desarrollo del Plan de Investigación y del Plan de Formación del doctorando se debe entrar en la siguiente aplicación:
► Memoria de seguimiento de Doctorado
La Comisión Académica del Programa, CAPD, tras analizar la memoria del doctorando, los informes de sus directores y los informes de expertos constituidos en Comisión de Seguimiento, evaluará el grado de avance del Plan de Investigación y del Plan de Formación. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado, a cuyo efecto modificará los aspectos que le hayan sido señalados por la CAPD como deficitarios. En el supuesto de producirse una segunda evaluación no positiva, el doctorando causará baja definitiva en el doctorado.