Los contratos con empresas, regulan su procedimiento a través del artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), antiguo artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU).
El artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) establece que:
Artículo 60. Colaboración con otras entidades o personas físicas.
1. Los grupos de investigación reconocidos por la universidad, los departamentos y los institutos universitarios de investigación, así como su profesorado tanto a través de los anteriores como a través de los órganos, centros, fundaciones o estructuras organizativas similares de la universidad dedicados a la canalización de las iniciativas investigadoras del profesorado y a la transferencia de los resultados de la investigación, podrán celebrar contratos con personas físicas, universidades, o entidades públicas y privadas para la realización de trabajos de carácter científico, tecnológico, humanístico o artístico, así como para actividades específicas de formación.
12. Los órganos de gobierno de las universidades, en el marco de las normas básicas que dicte el Gobierno, regularán los procedimientos de autorización de los trabajos y de celebración de los contratos previstos en el apartado anterior, así como los criterios para fijar el destino de los bienes y recursos que con ellos se obtengan.
Los Estatutos de la Universidad de Córdoba, en su artículo 81.3 regulan este tipo de contratos:
Artículo 81. Contratos de colaboración y requisitos.
...
3. Con respecto a las normas básicas a que se refiere el artículo 83.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, los contratos podrán ser suscritos por el Personal Docente e Investigador, previa autorización del Rector e informe del correspondiente Departamento e Instituto Universitario de Investigación. La autorización no podrá ser denegada salvo causa debidamente justificada de carácter científico, técnico o artístico
Asimismo, existe una normativa de la Universidad de Córdoba para la contratación de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, aprobada en la Junta de Gobierno celebrada el 21/12/1993, que regula quién puede firmar los contratos en función de la cuantía de los mismos:
1) Los Profesores de la Universidad de Córdoba, individualmente o de forma conjunta dos o más de ellos, podrán celebrar contratos con entidades públicas o privadas para la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos o para el desarrollo de cursos de especialización. Los contratos serán firmados por el profesor o profesores contratantes, siempre que la cuantía global de los mismos no supere el sueldo bruto mínimo anual de un Catedrático de Universidad a tiempo completo *. Se entiende por sueldo bruto mínimo anual de un Catedrático de Universidad a tiempo completo la totalidad de las percepciones a que tiene derecho el mismo anualmente, excluidos únicamente los complementos por antigüedad.
2) Los Departamentos e Institutos Universitarios podrán celebrar los contratos a los que se refiere el número uno anterior. Los contratos serán firmados por el Director del Departamento o Instituto correspondiente, siempre que la cuantía global de los mismos no supere el cuádruplo de la cantidad a que se refiere el número anterior *.
3) Aquellos contratos cuya cuantía exceda de los límites previstos en los apartados anteriores o que impongan a la Universidad o a cualquiera de sus Departamentos o Institutos cualquier tipo de obligación o responsabilidad diferente de la que deriva de la propia realización del trabajo deberán ser autorizados y firmados por el Rector de la Universidad, a propuesta del profesor, profesores, Departamento o Instituto correspondientes.
* Para el año 2024, las cuantías anteriores son 48.762,23 € y 195.048,92 €
Teniendo como base esta normativa, la OTRI gestiona las relaciones contractuales de la Universidad de Córdoba en el campo de la investigación con su entorno socio-económico (empresas, Administración Central, Administración Autonómica, Corporaciones locales…).
La actuación de nuestra oficina en la gestión de los contratos comienza a partir de una relación preestablecida, bien por la propia OTRI, por el investigador implicado, o a demanda de la entidad contratante. Las principales actuaciones de nuestra oficina en este proceso son las siguientes:
- Asesoramiento al profesorado sobre:
- a) Procedimientos a seguir para la contratación y documentación necesaria.
- b) Modelo de contrato y cláusulas de mayor interés a incluir en los mismos.
- c) Elaboración del presupuesto.
- Revisión y corrección de los contratos propuestos por profesores o empresas y negociación de sus términos y condiciones.
- Tramitación administrativa para el proceso de contratación.
- Facturación a la entidad/institución.
Para poder llevar a cabo un trabajo entre la Universidad y una entidad pública o privada se debe formalizar un contrato cuya tramitación ha de seguir los siguientes pasos:
- Solicitud de Autorización de Contrato (SAC)
- Firma del contrato
- Solicitud de apertura de UO
- Solicitud de emisión de factura (SEF)
- Prórrogas/modificaciones de contratos (cuando proceda)
1. Solicitud de Autorización de Contrato (SAC)
La normativa establece que los contratos suscritos por el profesorado necesitan la autorización previa del Rector. Para obtener esta autorización se sigue el siguiente proceso establecido por la OTRI.
1. Cumplimentación y envío a la OTRI del formulario de solicitud de autorización de contrato. La primera página ha de ir firmada por la persona investigadora responsable y por la Dirección del Departamento. En la segunda página debe firmar el personal de la UCO que participe en la ejecución del contrato, incluida la persona responsable. Debe enviarse a la OTRI la solicitud por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto que se trata de una solicitud de autorización de contrato (SAC) y el nombre y apellidos de la persona responsable.
2. Revisión por la OTRI. Cuando este documento llega a la OTRI se procede a su revisión, y si se detecta algún error se le comunica a la persona solicitante para su subsanación. Si todo es correcto la Dirección de la OTRI firma un impreso de autorización del mismo y se envía al Rector para su resolución definitiva.
3. Aprobación del Rector. Si la resolución del Rector es positiva, la autorización es devuelta a la OTRI con su firma.
4. Por último, la OTRI envía al PDI la autorización de contrato y le comunica el número de referencia asignado al expediente, que se deberá usar en cualquier trámite posterior relacionado con el mismo.
En caso de participación de PTGAS, éstos no se incluirán en Metis hasta la autorización de la Gerencia, según la Instrucción 1/2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se regula la participación del PTGAS Laboral en contratos del artículo 60 de la LOSU.
Las compensaciones económicas prevista en el contrato OTRI se percibirán en nómina y para ello debe remitir el documento de pago de haberes por solicitud genérica a través de sede electrónica a retribuciones.
2. Firma del contrato
Una vez recibido el SAC, se tiene que firmar el contrato por las parte implicadas con fecha posterior a la de la autorización del SAC. Los trabajos de carácter científico, técnico o artístico, contemplados en el Art. 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), pueden ser de diferente naturaleza por lo que el modelo de contrato a utilizar y su clausulado dependerán del tipo de trabajos a realizar y de las condiciones relacionadas con la titularidad de los resultados:
- Modelos de contratos
- Modelo de contrato de prestación de servicios.
- Modelo de contrato de asesoría científico-técnica.
- Modelo de contrato de proyecto de investigación.
- Modelo de contrato de actividades formativas.
También se puede usar un modelo diferente, a propuesta de la empresa, siempre que sea revisado previamente por la OTRI. Cuando la persona responsable por parte de la UCO firme el contrato con la entidad/empresa deberá enviar una copia de éste (no es necesario original) a la OTRI por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., indicando en el asunto que se trata de un contrato e incluyendo el número de referencia OTRI del expediente.
3. Solicitud de apertura de UO
Se solitica a gestión económica (8959 o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) la apertura de una orgánica. Para ello es necesario enviar por correo electrónico los siguientes impresos: el impreso de solicitud de alta orgánica (donde debe especificar quien es responsable de la orgánica), el SAC, La autorización del SAC y el Contrato firmado.
Para cualquier información relacionada con la orgánica, como por ejemplo, cambio de responsable de la misma, se la facilitarán los compañeros de presupuestos.
4. Solicitud de emisión de factura
Cuando proceda la emisión de alguna factura, la persona investigadora responsable deberá comunicarlo a la OTRI. IMPORTANTE, para poder realizar la factura es preciso que esté la orgánica asociada al contrato y haber enviado a la OTRI el contrato firmado por ambas partes. Para poder emitir la factura los dos trámites anteriores deben estar completados. La emisión de factura se puede solicitar de dos formas:
a) A través de la Sede Electrónica de la UCO.
b) Cumplimentando el impreso de Solicitud de Emisión de Facturas (SEF). En este último caso, el impreso, una vez relleno y firmado, puede enviarse a la OTRI por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En este caso, se enviará el impreso escaneado en color , con la firma original o bien el impreso en formato .doc en el que se haya insertado la firma escaneada en color. (En el asunto se indicará: SEF_Nº referencia OTRI del expediente).
En el apartado de observaciones deberá indicarse cualquier requisito adicional de la factura, como la necesidad de uno o varios duplicados, dirección de envío alternativa, etc.
Para cualquier información del ingreso de la factura emitida, los compñeros de Ingresos (Gestión Económica) Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o 957212174 os pueden informar al respecto.
5. Prórrogas/modificaciones de contrato
En los casos en los que un contrato vaya a ser prorrogado, siempre que esta posibilidad esté recogida en las cláusulas del mismo, el PDI deberá comunicarlo a la OTRI mediante la solicitud de Prórroga/ Modificación de Contratos. Dicha solicitud irá acompañada de una carta o adenda firmada por ambas partes que refleje la voluntad de proseguir con el contrato, y, cuando la prórroga implique un presupuesto adicional, de una nueva memoria económica, está solicitud debe de estar correctamente rellena la y enviada con un mes antes de que finalice el contrato y firmada por el IP. .
Este impreso también se utiliza para posibles modificaciones que puedan acordar ambas partes una vez iniciado el contrato (ampliaciones del presupuesto, modificación de las fechas de ejecución, inclusión de nuevo personal participante en el proyecto…)
El envío de la solicitud a la OTRI puede hacerse:
a) A través de la Sede Electrónica de la UCO.
b) Cumplimentando el impreso de Solicitud de Prórroga/Modificación de ContratosSolicitud de Prórroga/Modificación de Contratos . En este último caso, el impreso original, debe enviarse a la OTRI por correo electrónico, a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. una copia escaneada en color, indicando en el asunto que se trata de una solicitud de Prórroga/Modificación y el Nº referencia OTRI del expediente.
Documentos:
- Formulario de solicitud de autorización de contratos (SAC)
- Modelo de contrato de prestación de servicios
- Modelo de contrato de asesoría científico-técnica
- Modelo de contrato de proyecto de investigación
- Modelo de contrato de actividades formativas
- Formulario de solicitud de modificación/prórroga de contratos
- ADENDA al contrato para prórroga (tiempo/económico) de contratos
- Solicitud de emisión de facturas
- Remuneración en nómina al personal UCO
- Diagrama procedimiento
- Informe Final
- Formulario de solicitud de autorización de contratos (SAC)
- Modelo de contrato de prestación de servicios
- Modelo de contrato de asesoría científico-técnica
- Modelo de contrato de proyecto de investigación
- Modelo de contrato de actividades formativas
- Formulario de solicitud de modificación/prórroga de contratos
- ADENDA al contrato para prórroga (tiempo/económico) de contratos
- Solicitud de emisión de facturas
- Remuneración en nómina al personal UCO
- Diagrama procedimiento
- Informe Final
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE 23/03/2023) en concreto Art.60
- Real Decreto 1930/1984 (BOE , núm. 265 de 5 de noviembre de 1984) por el que se desarrolla el Art. 45.1 de la Ley de Reforma Universitaria en relación a la compatibilidad de la dedicación con realización de proyectos científicos, técnicos o artísticos y con el desarrollo de cursos de especialización.
- Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal de las administraciones públicas (BOE nº 4 de 4 de enero de 1985) y su Reglamento aprobado por Real Decreto 598/1985 de 30 de abril.
- Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes. Art. 15.1.
- Real Decreto 898/1985 de 30 de abril sobre régimen del profesorado universitario
- Instrucción 1/2023 de la Universidad de Córdoba, por la que se regula la participación del PTGAS Laboral en contratos del artículo 60 de la LOSU
- Estatutos de la Universidad de Córdoba
Existen un procedimientos electrónico específico para solicitar la emisión de informes de participación en contratos Art. 60 (antiguo Art. 83 de la LOU) y en otros proyectos gestionados por la OTRI:
a) Certificado de Participación proyectos investigación: en el desplegable deberá seleccionar OTRI.
Para cualquier duda el correo es el siguiente Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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¿Quién puede participar en un Contrato OTRI?Cualquier personal con vinculación laboral a la Universidad de Córdoba y personal investigador de otras universidades o centro de investigación, siempre que cuente con la autorización pertinente de la universidad o centro de investigación de procedencia
¿Puede el personal investigador con vinculación temporal a la UCO ser responsable de un Contrato OTRI?De forma general sólo se puede ser responsable de un contrato si se mantiene la vinculación laboral con la UCO durante todo el periodo de ejecución del mismo. En caso de PSI, Asociado, o Ayudante Doctor, pueden ser responsable siempre que esté dentro de su duración pero exigimos que figure al menos otro PDI con vinculación indefinida como corresponsable (Catedrático o Titular).
¿Puede el PTGAS participar en unContrato OTRI?En octubre de 2023 entró en vigor la Instrucción de Gerencia de la Universidad de Córdoba, por la que se regula la participación
del PTGAS Laboral en contratos del artículo 60 de la LOSU, donde la encontrarás en el apartado de Normativas.
Los contratos OTRI se pueden modificar siempre que se haga mientras el contrato está vigente. Las modificaciones pueden afectar a la cuantía económica, la duración, al desglose del presupuesto o al personal participante. Es muy importante recordar que no se puede prorrogar o modificar un contrato que ya está vencido.
Si la modificación afecta a la cuantía o a la duración del contrato debe aportarse una Adenda con las nuevas condiciones, firmada por ambas partes.
Si la modificación afecta a la cuantía o al desglose del presupuesto debe aportarse nueva memoria económica junto a su Adenda correspondiente, firmada por ambas partes. Sí hay modificación o cambio en la memoria económica, no es necesario incluir Adenda.
Si la modificación consiste en añadir o quitar participantes, éstos deben incluirse en una relación de participantes, que debe ir firmada por el IP y el participante (pág. 3 de la “solicitud de prórroga/modificación/incorporación al contrato”.
¿Pueden informarme sobre retribuciones y contratación de personal participante en un Contrato OTRI?Para consultas sobre Retribuciones se debe contactar con el Servicio de Retribuciones. Para consultas sobre contratación de personal deben dirigirse a investigación (8141).
¿Puedo realizar actividad docente o de colaboración docente con una Universidad privada?Según el Artículo 64.2. LOSU: " El personal funcionario de un cuerpo docente universitario en situación de servicio activo y destino en una universidad pública, igual que el personal docente e investigador contratado a tiempo completo, no podrá ser profesorado de las universidades privadas ni de los centros privados de enseñanza adscritos a universidades, sin menoscabo de lo establecido en el artículo 60.1 ".
¿Qué es una licitación y qué particularidades tiene?Cuando se contrata con una Administración pública, hay que tener en cuenta que, en función de los importes y duración del contrato, la entidad que nos contrata puede tener la obligación de hacer un expediente de contratación, o sea una licitación o un contrato menor, y la UCO tendrá que realizar una oferta.
Como norma general, cuando la duración del contrato sea superior a un año o la cuantía supere los 50.000 € + IVA, en caso de un proyecto de investigación, o 15.000 € + IVA en el resto de casos, estaremos hablando de una licitación.
¿Pueden informarme del estado de cuentas de mi orgánica?Desde la OTRI no tenemos acceso a las orgánicas de los contratos OTRI, por lo que deben contactar con Gestión Económica (2176)
¿Quién debe firmar la solicitud de autorización de contrato?La Solicitud de Autorización de Contrato debe estar firmada por el Responsable (Investigador Principal) y el Director del Departamento. En caso de participar Responsables de distintos departamentos, puede firmar el Director del Departamento de la persona que será responsable de la Orgánica asociada al contrato.
¿Quién debe firmar el contrato por parte de la UCO?En función de la cuantía, el contrato lo puede firmar el Profesor responsable, el Director del Departamento, o el Rector. Si la cuantía "no supera el sueldo bruto mínimo anual de un Catedrático de Universidad a tiempo completo", el contrato lo puede firmar el profesor. Esta cantidad se actualiza anualmente y se publica en la web de la OTRI.
¿Puedo aportar hoja de encargo en vez de contrato?En el caso de autorizaciones genéricas para la prestación de servicios esporádicos y de escasa cuantía a varias empresas o entidades, se podrá sustituir el contrato por una Hoja de Encargo, firmada por ambas partes.
¿Cuándo debo solicitar la factura?Siempre que haya firmado el contrato / hoja de encargo, podré solicitar la emisión de factura (SEF) según se haya acordado en el contrato firmado con la entidad.
En el caso de facturas mensuales, puede indicárnoslo en las observaciones de la primera solicitud que nos remita a la OTRI.
¿Debo solicitar la apertura de una orgánica para cada Contrato OTRI?Sí, una vez reciba la Autorización para iniciar un contrato OTRI, tiene que solicitar al Servicio de Gestión Económica (2176 o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) la apertura de una Orgánica, utilizando para ello el impreso de Solicitud de Alta de Orgánica.
¿Cómo debo proceder para percibir compensación económica?Las compensaciones económicas previstas en los contratos OTRI se perciben en la nómina, y para ello debe remitir el documento de pago de haberes disponible en el Portal del Personal Universitario.
¿Mi contrato ha finalizado, ¿qué debo hacer?Una vez su contrato esté finalizado, es obligatorio que nos aporte Informe Final del trabajo realizado.
METISLas modificaciones o altas en la plataforma METIS, tardan en cargar, incluso hasta 24c horas y si siguen sin aparecer póngase en contacto con la OTRI.
Técnico Contratos y Convenios de I+D
Adela Corpas García
Isabel Pintor León
Dirección: Campus de Rabanales, edificio Ramón y Cajal, 3ª planta ala oeste. Ctra. Madrid, km 396. 14014 Córdoba.
Teléfono: +34 957 21 80 22
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.