Viernes, 14 Enero 2022 09:34

Mantenimiento de la capacitación del personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación

Escrito por G.C.

El Real Decreto 53/2013 y su posterior desarrollo mediante la Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, que establece los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.
Para desempeñar cada una de estas funciones, es necesario conseguir una capacitación inicial mediante la realización de unos cursos (para todas las funciones) y de un periodo de trabajo bajo supervisión (para las funciones a, b y c).
Para mantener activa esta capacitación, la reglamentación establece que es necesario realizar una formación continuada.



El mantenimiento de la capacitación debe solicitarse al menos cada ocho años. Según al anexo III de la OM, las actividades formativas para la formación continuada deberán ser equivalentes, como mínimo, al siguiente número de horas de formación:
• Función A: Cuidado de los animales (20 horas)
• Función B: Eutanasia de los animales (25 horas)
• Función C: Realización de los procedimientos (45 horas)
• Función D: Diseño de los proyectos y procedimientos (40 horas)
• Función E: Asumir la responsabilidad de la supervisión «in situ» del bienestar y
cuidados de los animales (90 horas)
• Función F: Asumir las funciones de veterinario designado (90 horas)

GUÍA SOBRE EL MANTENIMIENTO DE LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL QUE MANEJE ANIMALES UTILIZADOS, CRIADOS O SUMINISTRADOS CON FINES DE EXPERIMENTACIÓN Y OTROS FINES CIENTÍFICOS, INCLUYENDO LA DOCENCIA https://secal.es/guia-sobre-el-mantenimiento-de-la-capacitacion-del-
personal-que-maneje-animales-utilizados-criados-o-suministrados-con-fines-de- experimentacion-y-otros-fines-cientificos-incluyendo-la-docencia/

El IFAPA (Junta de Andalucía) tiene previsto desarrollar el procedimiento y abrir el plazo para solicitar el mantenimiento de la capacitación, en un periodo no superior a lo seis meses a la fecha de vencimiento de las primeras acreditaciones, es decir, seis meses antes del 2 de abril de 2023.
https://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa/web/tramites-asociados-cursos-de-bienestar-animal-para-trabajos-de-experimentacion-cientifica, en actividades de formación continua.

Próximamente la UCO llevará a cabo formación complementaria para facilitar el mantenimiento de la formación.

SECAL también realiza varias actuaciones para facilitar la formación del personal que trabaje con animales de experimentación: https://secal.es/formacion-secal/

Información adicional

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