Domingo, 22 Marzo 2020 20:42

Resolución Rectoral por la que se decreta el cierre de todas las instalaciones de la Universidad de Córdoba, exceptuando las mencionadas expresamente, que tendrán acceso restringido Destacado

Escrito por G.C.

Tras la Declaración del Estado de Alarma en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el COVID-19 (BOE, nº 67, de 14 de marzo de 2020), la Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario, nº 5 de 13 de marzo de 2020), varias Resoluciones Rectorales conjuntas de las Universidades Públicas Andaluzas, así como las Instrucciones previas y posteriores al Estado de Alarma dictadas por los órganos competentes de esta Universidad, y en virtud de la comparecencia pública del Presidente del Gobierno en el día de ayer, para pedir que se extremen las medidas de contingencia y el mantenimiento del Estado de Alarma durante 15 días más, esta Universidad ha resuelto lo siguiente:

1) Cierre total de las instalaciones, excepto Rectorado, Campus de Rabanales y Residencias Universitarias, que tendrán acceso restringido.

2) Todo el personal de la Universidad de Córdoba que necesite recoger material indispensable para cumplir con el teletrabajo, tendrá acceso a sus centros durante el día de mañana lunes 23 de marzo, de 9.00 a 15.00h. Para el desarrollo del teletrabajo por parte del PAS, se seguirá aplicando lo establecido en la Instrucción de la Gerencia de 15 de marzo de 2020, siguiendo las pautas de trabajo establecidas por los jefes de servicio y responsables.

3) A partir del martes próximo todos los edificios de la Universidad, excepto los mencionados en el punto primero, permanecerán cerrados, estando restringido el acceso a los edificios exceptuados, que estarán controlados por personal de seguridad. 

4) Todos los permisos y certificados de acceso a instalaciones, concedidos con anterioridad a esta Resolución, quedan anulados a partir del miércoles 25 de marzo, excepto los correspondientes al Equipo de Dirección de la Universidad.

5) A partir del martes 24 de marzo, aquel Personal Docente e Investigador y Personal Investigador que no disponga de conexión wifi, podrá acceder a un espacio habilitado en el Rectorado para el desarrollo de su docencia no presencial. Para ello deberá cumplimentar el anexo I adjunto. Este acceso estará limitado al horario docente establecido.

6) El personal de la Universidad de Córdoba que necesite acceder al Campus de Rabanales a partir del próximo miércoles, día 25, para el cuidado de animales y/o plantas en instalaciones no centralizadas, o atender alguna investigación puntual, deberá solicitar autorización utilizando el anexo II adjunto. Esta autorización estará limitada al tiempo mínimo imprescindible para realizar la labor indicada. 

7) El Personal de Servicios Esenciales presenciales deberá presentar el anexo III adjunto, debidamente cumplimentado, para obtener autorización de acceso. 

  • Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. A determinar por el Jefe de Servicio.
  • Área de Informática: A determinar por el jefe del Área.
  • UCOdigital: personal dedicado a la plataforma Moodle. A determinar por el Director de UCOdigital.
  • Servicio de Animales de Experimentación. Se aplica el acuerdo vigente de 31/03/2011.
  • Instalaciones Ganaderas: 1 efectivo, Personal Laboral.
  • Apicultura mantenimiento colmenas de abejas 1 efectivo, Personal Laboral.
  • Registro y Administración Electrónica: 1 efectivo para asistencias puntuales a determinación de Jefe de Servicio.
  • Unidad Técnica: 2 efectivos, Personal Laboral (1 grupo II y 1 grupo III) Pasan al sistema de guardias localizadas.
  • El responsable de un Centro/Departamento/Servicio/Área/Unidad, no incluido en la relación anterior, que considere la necesidad de asistencia puntual de algún efectivo ha de justificar la necesidad y desde Secretaría General se procederá a emitir certificado individual.

8) Los Servicios de seguridad de toda la Universidad, los de limpieza de las instalaciones en las que haya personal, así como los de restauración, lavandería y control de acceso en los Colegios Mayores, quedarán limitados al mínimo imprescindible para mantener las instalaciones en las condiciones adecuadas a la situación.

 

Este Estado de Cierre de Instalaciones se mantendrá hasta su levantamiento por nueva Resolución Rectoral. 

 

En Córdoba, a 22 de marzo de 2020

RECTOR MAGNÍFICO DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

 

 

Fdo: José Carlos Gómez Villamandos

 NOTA: Tanto la resolución rectoral, como los anexos editables están disponibles para su descarga en el apartado inferior de información adicional. Los anexos deberán enviarse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Información adicional

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