Acceso y Admisión
Acceso y admisión
Podrán acceder a los estudios de doctorado quienes estén en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado (Art. 6.2.b del RD 99/2011).
Procedimiento
1º Contactar con un profesor de la Universidad de Córdoba que esté incluido en una línea/equipo de investigación de uno de los programas de doctorado del 2011 que se ofertan en esta Universidad, para que le dirija la tesis. Puede ver los programas de doctorado en el siguiente enlace: Oferta vigente, Programas RD 2011
2º Entrar en la aplicación informática siguiente: SIGMA, y realizar la Solicitud de admisión. Adjuntar los siguientes documentos:
- Copia de su Pasaporte ó Documento Identidad nacional (paises UE).
- Copia de los títulos o diplomas de educación superior (bachellor, grado, licenciatura o ingeniería o equivalentes) que ha realizado. Traducidos oficialmente al castellano o al inglés, en caso de idioma diferente a estos.
- Copia del título o diplomas de máster que ha realizado, o del título de educación superior extranjero equivalente, o de la certificación acreditativa de su expedición. Traducidos oficialmente al castellano o al inglés, en caso de idioma diferente a estos.
- En caso de título extranjero, acreditar que dicho título faculte en el país expedidor para el acceso a estudios de doctorado. Puede para ello aportar, por ejemplo un certificado análogo al "Modelo de certificación de acceso a estudios oficiales de doctorado en el país de origen" (1).
- Copia de la certificación académica de los estudios realizados por la persona para la obtención del título, en la que consten:
- Duración oficial de los estudios realizados en cada uno de los cursos académicos del Máster Universitario o equivalente.
- Carácter investigador del Máster realizado.
- Asignaturas cursadas.
- Carga horaria de cada una de las asignaturas cursadas.
- Calificación obtenida en cada una de las asignaturas cursadas.
- Solicitud aceptación Dirección y Tutoría en el Programa de Doctorado (2), firmada digitalmente por el tutor/director.
- En su caso, Solicitud Admisión al Doctorado a tiempo parcial (3), y los documentos acreditativos de los motivos de solicitar tiempo parcial.
- Curriculum Vitae.
(1),(2), (3) Debe usar los medelos que podrá descargarse de la página web de doctorado: Impresos, Normativa y Certificaciones > Acceso y admisión
3º- Si desea obtener una carta de aceptación por parte del IDEP debe comunicarlo a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. MUY IMPORTANTE
La admisión a un programa de Doctorado estará supeditada siempre a la decisión de la Comisión Académica del Programa de Doctorado, CAPD.
Admisión condicionada
1. La CAPD podrá admitir de forma condicionada a un candidato o candidata, sin que se pueda realizar la matrícula de tutela académica de estudios de Doctorado.
Los motivos que pueden dar lugar a una admisión condicionada son:
a) La superación de
complementos de formación. Cuando en consideración a las aptitudes y titulaciones del candidato o candidata resulte procedente que supere con carácter previo a su incorporación al Programa de Doctorado, los complementos de formación que legalmente se determinen.
b) La presentación de la documentación acreditativa de requisitos administrativos. Cuando la persona solicitante cumpla con los requisitos de admisión, pero tenga pendiente la formalización de la documentación o de otros requisitos administrativos (legalización de documentos extranjeros, traducción de documentos, etc.).
2. En caso de no cumplir los requisitos establecidos en el apartado uno, letra b) antes de la finalización del curso académico la admisión será anulada a todos los efectos.
Para poder superar el primer año de Doctorado, tendrá que haberse presentado previamente los ORIGINALES de la documentación exigida en el punto 2º de este apartado. Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya (este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo), y en su caso, de su correspondiente traducción oficial al castellano.
Legalización y Traduccion
Información sobre la legalización de documentos
- Países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Irlanda, Dinamarca, Grecia, España, Portugal, Austria, Noruega, Suecia, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Hungría, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa. También Suiza, por acuerdo bilateral con la U.E. Para los documentos expedidos en estos países no será necesaria la legalización (sólo cotejo con el original).
- Países que han suscrito el Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 (Apostilla): (BOE. núm. 229, de 25.09.1978, núm. 248, de 17.10.78 y núm. 226, de 20.09.84): Listados de países. Para legalizar los documentos de estos países es suficiente con la oportuna "Apostilla" (modelo según el Convenio de La Haya) expedida por la autoridad competente del Estado del que dimane el documento.
- Países que han suscrito el Convenio Andrés Bello (no es necesario sello de Ministerio AA.EE. español): Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, España, Panamá, Perú y Venezuela. Los documentos deberán ser legalizados por vía diplomática, presentándose:
-
- El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.
- El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
- La representación diplomática o consular de España en dicho país.
- El resto de los países:
Se legalizaran los documentos por vía diplomática, para ello deberán ser presentados en:
- El Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios y en el Ministerio correspondiente para certificados de nacimiento y nacionalidad.
- El Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron dichos documentos.
- La representación diplomática o consular de España en dicho país.
Los documentos expedidos por Autoridades diplomáticas o consulares de otros países en España deben legalizarse en el en el Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Información sobre la traducción de documentos
Todos los documentos expedidos en idioma extranjero por las autoridades competentes del país de procedencia deberán acompañarse de su traducción al castellano (esta traducción al castellano estará exenta de legalización). La traducción puede hacerse:
Visado
Visado
La Autorización de Estancia por Estudios es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios. Los estudiantes internacionales que quieran permanecer en territorio español durante un periodo superior a noventa días por semestre, deberán estar en posesión de los permisos de entrada (visado), residencia y/o trabajo tanto personales como para los familiares, y solicitar el Certificado de registro de ciudadano de la UE que lleva asociado un código de identificación denominado NIE.
La gestión del visado es un trámite personal del estudiante y éste tiene la responsabilidad de informarse sobre los requisitos, documentación y plazos para obtenerlo con el fin de entrar legalmente en el país. Normalmente se realiza en la oficina consular más cercana al domicilio del estudiante. Algunos de los documentos habituales que suelen requerir para la gestión del visado son:
- Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el período que se solicita y para el retorno al país de procedencia. se podrá emplear cualquier medio de prueba, como medios propios o provenientes de familiares, subvenciones, ayudas y becas, entre otros.
- Documentación acreditativa de disponer de seguro médico. Este requisito se entenderá cumplido también si la institución educativa suscribe un seguro para el estudiante que abarque todos los riesgos cubiertos normalmente para los españoles.
- Documentación acreditativa de estar admitido en un centro de enseñanza, admitiéndose una carta de admisión o un certificado de matrícula, entre otras opciones.
Pude solicitar la expedición de una Carta de admisión a estudios de doctorado en la UCO, con objeto de obetener el visado de estudios o autorización de estancia, mediante correo electrónico en la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Para más información, puede consultar la pagina web de Migraciones del Ministerio de inclusión seguridad social y migraciones o la Sede 1. Oficina de Extranjería en Córdoba .