El Gobierno aprueba la convocatoria 2018 del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad

  • La Agencia Estatal de Investigación convocará 830 nuevos contratos para investigadores, entre ellos 200 nuevos contratos Ramón y Cajal.
  • Por primera vez desde 2012, se incrementa el número de nuevos contratos de excelencia investigadora Ramón y Cajal.

El Consejo de Ministros ha autorizado a la Agencia Estatal de Investigación a convocar ayudas por 101 millones de euros para la contratación de investigadores mediante varias convocatorias del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, un 15,4% más que en 2017.

Su objetivo es financiar e incentivar, mediante convocatorias en concurrencia competitiva, la formación y especialización de los recursos humanos en I+D+I e impulsar su inserción laboral, tanto en el sector público como privado, así como facilitar la movilidad internacional y la movilidad dentro del sector público –universidades y organismos de investigación– y entre éste y las empresas.

Acreditación y ayudas públicas de Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu 2018

Publicada el 5 de diciembre corrección de errores de la Resolución de 27 de noviembre de 2018 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de acreditaciones y ayudas públicas de Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu de 2018.

El distintivo Centro de Excelencia Severo Ochoa y Unidad de Excelencia Maria de Maeztu, dentro del Subprograma de Fortalecimiento Institucional del Plan Estatal de Investigación Científica Técnica y de Innovación tiene como objetivo financiar y acreditar los centros y unidades públicas de investigación, en cualquier área científica, que demuestran impacto y liderazgo científico a nivel internacional y que colaboran activamente con su entorno social y empresarial.

http://www.ciencia.gob.es/portal/site/MICINN/menuitem.dbc68b34d11ccbd5d52ffeb801432ea0/?vgnextoid=274849c3cbde6610VgnVCM1000001d04140aRCRD&vgnextchannel=76190d5a07de6610VgnVCM1000001d04140aRCRD

Plazo de solicitud: 04/12/2018-10/01/2019

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Nuevo concepto de provisión de puestos de trabajo en la Universidad de Córdoba: Itinerarios Profesionales Específicos.

  • La resignación a ser sumiso en la Universidad de Córdoba queda patente en la gestión de este equipo de gobierno para cualquier tipo de negociación.
  • La posibilidad que tiene la representación sindical como garante de la buena lógica en la gestión y defender los derechos propios de los trabajadores y trabajadoras, también queda cada día más reducida.
  • Las formas intrínsecas que conlleva el poder, afloran en los momentos de mínima presión.

NO encontramos en la legislación un concepto para definir la propuesta de la Universidad de Córdoba en la última mesa de negociación. Lo que según el orden del día aparecía como “Propuesta y acuerdo, si procede, de proceso de funcionarización de personal laboral fijo”, y que parece a priori algo interesante, beneficioso para cualquier Administración y demandado por nuestra Sección Sindical CSIF, se convierte en lo que llamamos “Itinerario Profesional Específico”. Ya era hora de que esta Universidad propusiera algo muy “lógico” y “novedoso” para sus propios intereses. Un paso más a la promoción interna o a la carrera profesional, a la promoción vertical … lo explicamos:

En estos últimos años, los representantes de Mesa de Negociación de PAS funcionario hemos sido insistentemente alertados, por supuesto aplicando la legislación vigente, de nuestra NULA participación en decisiones que afectan directamente a todos los trabajadores y trabajadoras de esta Administración. Tenemos que ser sumisos y reconocer la gracia de ser informados, sólo eso, aunque se dice, “se nos tiene en cuenta nuestra opinión”, pero … cuidado con opinar !!

Nos sorprende nuestra administración, vigilante del peso y responsabilidad de TODOS y cada uno de nuestros trabajadores y trabajadoras. Nos sorprende que tenga conocimiento de las funciones específicas de cada uno de los puestos de trabajo de la RPT sobre todo cuando estas funciones no han sido ni siquiera definidas, no están desarrolladas, no hay objetivos por puesto, no hay competencias … sólo nueva estructura y sobre todo, con grandes novedades en su jerarquía. No olvidemos que estamos hablando de una RPT renovada en el 2017, por supuesto sin la aprobación de esta sección sindical y actualmente demandada.

Sobre la mesa, varias veces expuesto al rebufo de otras Universidades, la funcionarización del personal de administración y servicios laboral, utilizando este tema para realizar una prueba de concepto sobre UN puesto de trabajo, “puesto” que ya existe en la RPT como funcionario. Somos conscientes de que lo que se plantea en este punto del orden del día, nada tiene que ver con este interesante fin, ni se acerca.

Esta administración argumenta el procedimiento excepcional para facilitar la adecuación del personal laboral a la naturaleza funcionarial del puesto que sirve, exclusivamente SOLO para UN puesto, cuando en realidad lo que pretende es convertir en funcionario al trabajador laboral, es decir a la persona, argumentando la relevancia del puesto, permitiendo esta Administración la realización de estas tareas al laboral que las ha asumido para justificarlas ahora, defendiendo además que NADIE en esta Universidad está “interesado” por esta plaza que no oferta y por supuesto, en este caso, tampoco para nadie de “este lugar llamado mundo”.

No entendemos el celo y los argumentos ante esta propuesta, no entendemos que el Vicerrectorado de Recursos Humanos de esta Universidad así como la Gerencia la apoye y justifique, no entendemos la discriminación al resto del personal. No entendemos los “itinerarios profesionales específicos”.

Esta sección sindical cree en el valor de los efectivos de esta Universidad y en los mecanismos democráticos para cubrir puestos de trabajo, cree que deben ser objetivos y normalizados para TODA su plantilla (funcionarios y laborales), NO defiende formas de acceso específicas por colectivos: si existe concurso de traslados debe de existir para TODOS, si existen promociones internas deben ser para TODOS, si existe concurso oposición debe se para TODOS y por supuesto NO ROTUNDO al novedoso “Itinerario profesional específico”.

Aún así, la Universidad de Córdoba en base a la futura pronunciación de su Asesoría Jurídica y al poder de gestión que le ha sido otorgado y que tiene al margen a la Mesa de Negociación, sigue adelante con esta “lógica” y “novedosa” propuesta, mientras el resto del personal espera y prepara oposiciones con plazas contadas para afianzar su puesto de trabajo o promociones verticales, se esfuerza en la participación de la formación continua, saca adelante su trabajo, espera pacientemente una carrera profesional digna y todo esto con una “legislación vigente”, como es el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo IMPUESTO exclusivamente por el Vicerrectorado de Personal y Gerencia, donde entre otras cuestiones, los tribunales son IMPUESTOS exclusivamente por la Administración.

Blanco y en botella.

Preguntas Frecuentes del PDI sobre Sexenios

Convocados los Sexenios de Investigación y el de Transferencia https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/30/pdfs/BOE-A-2018-16379.pdf desde CSIF, con esta iniciativa en sistema FAQs, intentamos ayudar en un momento muy apropiado a informar y a responder a las numerosas preguntas que el Personal Docente e Investigador se plantea sobre el tema de los Sexenios de Investigación.

¿Qué es un sexenio?

Es el reconocimiento de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser o no consecutivos.

¿Qué es un tramo?

Un tramo es un período investigador de seis años que pueden ser consecutivos o no. Los años han de ser naturales (comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre). Sólo las fracciones superiores a ocho meses se consideran como año natural.

¿Cuándo se solicita?

Se solicita anualmente, durante el periodo abierto por la CNEAI (Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora), completando un formulario online donde se presentan cinco aportaciones, elegidas por los solicitantes, publicadas en el tramo de seis años para el que se solicita el sexenio.

¿Cuántos tramos puedo solicitar?

Tantos como se quiera hasta un máximo de seis.

¿Quién otorga los sexenios?

Para los contratados laborales (Profesor Contratado Doctor y Profesor Contratado Doctor interino), aunque las solicitudes son evaluadas por la CNEAI, la resolución la dicta el rector de la propia universidad.

Para los funcionarios, el tramo lo otorga directamente la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), previa evaluación de la CNEAI.

¿Cuál es la documentación requerida para solicitar un sexenio?

  • Impreso de solicitud firmado.
  • CV abreviado, que son las cinco aportaciones para evaluar. Cada una de ellas irá acompañada de un resumen (extensión máxima de página y media) donde indicará los principales logros conseguidos, y los principales indicios de calidad de cada aportación.
  • Hoja de servicio.
  • Certificados o contratos que avalen la actividad investigadora en organismos que no estén reflejados en la hoja de servicios.
  • CV completo, que no es obligatorio adjuntarlo en formato normalizado, aunque sí aconsejable. Detallar especialmente la actividad desarrollada y todas las publicaciones del periodo que está sometiendo a evaluación.

No es necesario incluir ningún tipo de fotocopia o copia impresa de las aportaciones.

¿La investigación en las diferentes áreas de conocimiento se evalúa por igual?

No, los criterios específicos de calidad de la investigación cambian según el área de conocimiento. La CNEAI establece 11 campos temáticos, para cada uno de los cuales hay unos requisitos que marcan la calidad de la investigación. El solicitante decide bajo qué campo quiere que le evalúen. Para la convocatoria de 2018, los criterios para cada campo pueden encontrarse en https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/26/pdfs/BOE-A-2018-16138.pdf

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

www.boe.es

III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES, Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios y la convocatoria en https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/30/pdfs/BOE-A-2018-16379.pdf

¿Para el reconocimiento de un sexenio, se pueden pedir tramos de seis años, con años no consecutivos?

Sí. Pero debemos tener en cuenta que los años no incluidos quedan inhabilitados para construir un sexenio posterior. Por ejemplo, sexenio 2010, 2011, 2013, 2015, 2016, 2017 es posible, pero descarta los años 2012 y 2014 para futuros sexenios. El siguiente sexenio tendrá que construirse a partir de 20018.

En el caso de solicitar un sexenio y que lo denegasen ¿habría que esperar tres años hasta solicitar un nuevo sexenio?

No, podría solicitar sexenio en la convocatoria siguiente, pero debe recordar que tres de los años del sexenio rechazado han quedado inhabilitados para usarse en posteriores convocatorias.

¿Desde cuándo se considera que un investigador puede incluir publicaciones para ser evaluadas?

El año siguiente a la obtención del Grado o Licenciatura ya puede incluirse para construir sexenios, siempre y cuando exista un contrato o certificado que acredite que el solicitante desarrolló una labor adscrita a la investigación. Esta vinculación debe ser al menos de 8 meses durante un año, para que éste pueda considerarse válido para construir un sexenio.

¿Hay que presentar publicaciones de todos los años solicitados en un sexenio?

Las cinco publicaciones presentadas deben haber sido publicadas durante el sexenio que se solicita, pero no tiene que haber una publicación todos los años y un año puede contar con más de una publicación.

¿Qué ocurre si elijo mal mis cinco publicaciones?

La Comisión evaluadora tiene la obligación de buscar una alternativa dentro del currículum del solicitante (de ahí la importancia de detallar el periodo que solicitamos como sexenio) en el caso de que descarte una publicación de las aportadas por el solicitante. Otra cuestión es que no haya alternativa o que ninguna alternativa cumpla con los requisitos establecidos.

¿Es posible solicitar la evaluación única de la producción investigadora?

Se puede solicitar la evaluación única de la actividad investigadora desarrollada hasta el 31 de diciembre de 2018 como tope, y si es la primera vez que se solicita un sexenio. La Comisión Nacional evaluará conjuntamente toda la actividad investigadora presentada y asignará los tramos que procedan.

¿Cuál es la puntuación necesaria para la aprobación de un sexenio?

Cada aportación se valora de 1 a 10 puntos, por tanto, el máximo a obtener sería de 50 puntos. Para conseguir el sexenio hay que alcanzar al menos, la puntuación de 30 puntos.

¿Es posible reclamar la denegación de un sexenio?

Sí es posible.

Según el punto 8 del Anexo de la Convocatoria de Sexenios, contra la resolución de la CNEAI, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de ANECA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.3 de los Estatutos de ANECA, aprobados por Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que el plazo de este tipo de recursos es de 1 mes.

¿Cuándo "muere" un sexenio?

En la convocatoria de 2018, dejan de tener su sexenio activo los profesores cuyo último año evaluado positivamente fue 2012, ya que están en disposición de solicitar un nuevo tramo para el periodo 2013-2018

Notas sobre el proyecto piloto para el 2018 de Sexenio de Transferencia:

  • Puede solicitarse independientemente de los sexenios de investigación.
  • Sólo podrá solicitarse un tramo de seis años.
  • También se evalúa de forma independiente. Puedes conseguir ambos (investigación y transferencia) o puedes obtener uno pero no el otro.
  • Será retribuido igual que el de investigación.
  • Para solicitarlo se deberá haber obtenido un tramo de investigación antes del 31 de diciembre de 2018.
  • Lo puede solicitar también el PDI contratado laboral (Profesor Contratado Doctor y Profesor Contratado Doctor interino).

Información Adicional