UGT Informa sobre CIVEA PAS Laboral de 25 de abril de 2018: Aprobada la propuesta de UGT sobre la aplicación de la fecha desde la que se debe disfrutar de los permisos con derecho a Remuneración
1 Solicitud de traslados entre Universidades
- Traslado de una E.E. Conserjerería desde la Universidad de Granada a Málaga. Se da el visto bueno a este traslado con fecha de incorporación a partir del 15 de julio.
- Traslado de un T.G.M desde la Universidad de Sevilla a Granada. Ahora mismo, el servicio del CICODE está cubierto en Granada, por ello, la gerencia de esta Universidad cita a esta trabajadora el día 27 de abril, para ver su perfil y poder incorporarla en otra categoría, aunque sea inferior.
- Traslado de un T.E.B.A.M desde la Universidad de Sevilla a la Universidad de Córdoba. Este traslado se está tramitando. La Universidad de Córdoba manifiesta que hará lo posible para su incorporación para el año que viene.
Esta Central Sindical, considera que la Universidad de Málaga no ha cumplido el Convenio Colectivo
en un Concurso de Traslado y Proceso Selectivo de Promoción Interna de unas plazas de Laboratorio, por exigir una prueba en el concurso y hacer ambos procesos en un solo acto; además de tampoco cumplirlo en las ayudas de Acción Social de carácter no automático.
La Universidad de Málaga, manifiesta su perplejidad ya que no reconoce que exista ningún Conflicto Colectivo. Estas plazas han salido previo acuerdo con el Comité de Empresa y con la Comisión de Seguimiento. Según la Universidad, no es cierto que todas las plazas, con carácter general, necesiten la realización de una prueba para hacer el Concurso de Traslados. Como tampoco es cierto, que haya generado ningún problema el proceso de Traslados con el de la Promoción, al realizarse de forma consecutiva.
Respecto a las ayudas de Acción Social, la Universidad de Málaga, manifiesta que se ciñe estrictamente a lo que dice el Convenio Colectivo.
Desde la CIVEA no se le da el visto bueno a lo que esta Central Sindical plantea, ya que esta Comisión no puede entrar en lo que haya acordado una Universidad con los Órganos de Representación. Además, no se ven ningún indicio de que en las actuaciones por parte de la Universidad se haya incumplido ningún artículo del Convenio Colectivo.
3 Propuesta de UGT sobre la aplicación del “dies a quo” o fecha desde la que se debe disfrutar de los permisos con derecho a remuneración
Desde UGT hicimos llegar a la CIVEA nuestra propuesta para la aplicación de la fecha desde la que se debe disfrutar de los permisos con derecho a remuneración.
Esta propuesta la podéis consultar en el siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1ZLmCGr0-vmUpr0zyeU8hxhTNvzXrEHA8/view
Tras ser estimada por el Tribunal Supremo la demanda interpuesta por UGT, con fecha 13/2/2018, hicimos traslado a la CIVEA para poder hacerla extensible a las Universidades a nivel andaluz.
Esta sentencia, aunque tiene su origen en los permisos regulados en un Convenio Colectivo Estatal (Contact Center), consideramos que es posible su extensión a otros Convenios, ya que el fallo de la sentencia parte de una interpretación del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, y es que el día inicial del disfrute de permisos retribuidos no sea un día feriado, sino el primer día laborable que siga a aquél en que se produjo el hecho de da derecho al permiso.
Desde UGT, planteamos en la CIVEA que los permisos se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja.
Estamos hablando de días de permisos que en nuestro Convenio conllevan días naturales, como son por nacimiento, matrimonio o fallecimiento.
Hemos de decir la propuesta que hicimos desde UGT a la CIVEA quisimos ir más allá de lo que la Sentencia reconocía y planteamos además que el permiso se compute a partir del primer día laborable, que si durante el disfrute de estos días hubiera algún día no laborable tampoco se computara.
Finalmente, se acuerda por parte de la CIVEA:
“Que cuando un trabajador solicite alguno de los permisos, con derecho a remuneración, se tenga en cuenta que los días que correspondan al permiso deben computarse a partir del primer día laborable”.
Desde UGT nos alegramos de esta mejora en los permisos retribuidos para el Personal de Administración y Servicios Laboral de todas las Universidades de Andalucía, ahora solicitaremos en cada una de las Universidades la extensión de esta aplicación para el Personal de Administración y Servicios Funcionario.
UGT Informa