En la CIVEA del PAS Laboral del miércoles 22 de enero se aprueba la propuesta de UGT UCO sobre mayoración de las cuantías de los complementos de desgaste de vestuario
Este acuerdo promovido por UGT en la UCO beneficiará muchos trabajadores de Conserjería de la UCO y de otras Universidades Públicas de Andalucía:
- Escrito Registrado a Gerencia trasladando escrito presentado al Presidente de la CIVEA del PAS Laboral escrito con el asunto “Solicitud de mayoración de cuantías en complementos Tablas Salariales para cumplir con el Convenio Colectivo”, del que se ha dado traslado a Gerencia.
- Informe de UGT en la UCO presentado en el punto segundo de la CIVEA de 22-1-2020 que supuso el acuerdo histórico (por primera vez en este IV Convenio Colectivo) de crear una nueva categoría profesional de Técnico Especialista de Conserjería.
Con relación a que todas las categorías profesionales tengan consignado el término “Apoyo a la Docencia y la Investigación” para evitar agravios económicos en casos como los Titulados de Grado Medio de Bilioteca o de Conserjería, no ha habido acuerdo.
Este ha sido el orden del día, que explicaremos a continuación:
- Punto nº 1: Aprobación Acta CIVEA 15/01/2019.
- Punto nº 2: Solicitud de UGT-FESP de la Universidad de Córdoba sobre mayoración de las cuantías de los complementos de desgaste de vestuario y de categoría.
- Tal como informamos en abril de 2019, UGT en la UCO presentó al Presidente de la CIVEA del PAS Laboral escrito con el asunto “Solicitud de mayoración de cuantías en complementos Tablas Salariales para cumplir con el Convenio Colectivo”, donde se solicitaba se tratara en el próximo orden del día de la CIVEA del PAS Laboral la mayoración de las cuantías de diversos complementos económicos:
- De categoría para aquellos casos en los que no se tenga consignado el término “Apoyo a la Docencia y la Investigación”; como es el caso de los Titulados de Grado Medio de Bilioteca.
- Por desgaste de vestuario en el área de Conserjería, para los Técnicos Especialistas de Conserjería.
- El Comité de Empresa PAS de la UCO apoyó por unanimidad la propuesta de UGT en Punto 8º de la sesión de 10 de octubre de 2019 (final pág. 6):
- Tal como informamos en abril de 2019, UGT en la UCO presentó al Presidente de la CIVEA del PAS Laboral escrito con el asunto “Solicitud de mayoración de cuantías en complementos Tablas Salariales para cumplir con el Convenio Colectivo”, donde se solicitaba se tratara en el próximo orden del día de la CIVEA del PAS Laboral la mayoración de las cuantías de diversos complementos económicos:
- Punto nº 3: Solicitud CCOO sobre el concepto de desgaste de vestuario abonado a las categorías de Técnicos Especialistas del área de conserjería y homónimas.
- Punto nº 4: Solicitud Gerente Universidad Jaén sobre interpretación artículo 64 IV Convenio Colectivo PAS Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
- Punto nº 5: Interpretación artículo 35 del IV Convenio Colectivo PAS de las Universidades Públicas de Andalucía.
- Punto nº 6: Solicitud CCOO sobre interpretación artículo 53 IV Convenio Colectivo.
- Punto nº 7: Solicitud D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
- Punto nº 8: Solicitud D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
- Punto nº 9: Solicitud D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
- Punto nº 10: Ruegos y Preguntas.
UGT en la UCO presentó al Presidente de la Comisión Paritaria de Interpretación Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio (CIVEA), en cumplimiento de los artículos 85.2 del Estatuto de los Trabajadores y 12 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, con el asunto “Solicitud de mayoración de cuantías en complementos Tablas Salariales para cumplir con el Convenio Colectivo”, del que se ha dado traslado a Gerencia, para su conocimiento y efectos oportunos.
Conforme a lo establecido en su artículo 1 Objeto, el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (C.C.), “El presente Convenio Colectivo tiene como objeto establecer y regular las relaciones de prestación de servicios entre las Universidades Públicas de Andalucía y el personal laboral de las mismas.”
En su TITULO VIII ESTRUCTURA SALARIAL, entre otras cuestiones, se establece:
- “las retribuciones están constituidas por el salario base y los complementos que se especifican en el presente Convenio”.(art. 51.1)
- “2. El salario base de cada uno de los grupos profesionales existentes, se establece en el Anexo I.” (art. 52.2)
- “Art 55. Complemento de categoría:
- 1. Es el complemento destinado a retribuir las condiciones particulares de los puestos de trabajo, en función de la categoría profesional a la que se hallan adscritos.
- 2. Las cantidades asignadas a este complemento, se recogen en el Anexo I y habrán de figurar en las respectivas Relaciones de Puestos de Trabajo de las Universidades.”
- “Las Universidades indemnizarán anualmente a sus trabajadores, en el mes de marzo, por desgaste de vestuario, conforme a lo establecido en el Anexo I.” (art. 49.3)
- “Se establece un complemento de homologación con los requisitos y características establecidas en el acuerdo de fecha 19 de marzo de 2003, que se acompaña como Anexo al presente Convenio Colectivo” (art. 61)
- En el ANEXO II CATEGORIAS PROFESIONALES POR GRUPOS DE TITULACION se definen las funciones por categorías profesionales, existiendo en cada uno de los grupos una categoría “genérica de carácter general”: Técnico Especialista, Titulado de Grado Medio y Titulado Superior.
Desde que hace más de 15 años se ordenara la inscripción, depósito y publicación del IV Convenio Colectivo (Cod. Convenio 7100205), mediante RESOLUCION de 10 de febrero de 2004, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, cada una de las Universidades Públicas de Andalucía han ido alcanzando legítimos acuerdos que ha posibilitado, entre otros avances laborales, el desarrollo de la Carrera Profesional del PAS Laboral. Para ello, cada Universidad ha empleado las citadas categorías “genéricas de carácter general” para ir creando en sus RPT puestos que no pueden clasificar dentro de otras categorías específicamente definidas en el IV Convenio. En algunos de esos casos ha sido mediante transformación de plaza y asumiendo las funciones de la categoría de origen.
Lamentablemente, para algunas de las mencionadas categorías profesionales “genéricas de carácter general”, en el Anexo I del C.C. a complementos como el de desgaste de vestuario y el de categoría se le consignan cuantías económicas inferiores al de la categoría de procedencia (caso de los Técnicos Especialistas de Conserjería con el complemento desgaste de vestuario) o a las de otras categorías profesionales del mismo grupo que sí tienen especificadas el denominado “Apoyo a la Docencia y la Investigación”, lo que supone un claro agravio comparativo.
En distintos foros de negociación de nuestra Universidad de Córdoba, se ha intentado subsanar lo planteado, sin haber alcanzado acuerdo al respecto, al argumentarse que corresponden al ámbito de negociación autonómico.
Estas cuestiones las han subsanado algunas de las universidades mediante el establecimiento de un complemento personal o, mediante la mayoración de las cuantías especificadas en el Anexo I del C.C.
Teniendo en cuenta las competencias de Comisión Paritaria de Interpretación Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio (CIVEA), en cumplimiento de los artículos 85.2 del Estatuto de los Trabajadores y 12 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía,
SOLICITO
Se trate en el próximo orden del día de la CIVEA del PAS Laboral la mayoración de las cuantías de los complementos de desgaste de vestuario y de categoría, tomando como referencia aquellas que, según corresponda, sean de mayor importe de entre las existentes en las Tablas Salariales de todas las Universidades Públicas de Andalucía, conforme a lo establecido en el Convenio.
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