Reglamento de ingreso, provisión y promoción profesional: UGT Informa sobre C.E. PTGAS LABORAL de 11-01-2024
NOTA: En lo que afecta a PTGAS Funcionario se recomienda nuestro comunicado UGT Informa sobre Junta de PTGAS FUNCIONARIO de 15-01-2024.
En esta sesión del Comité de Empresa de PTGAS Laboral se estudió la última propuesta de Gerencia para modificar el Reglamento 25/2022 (vigente desde el 28/4/2023) (no sabemos ya cuántas van sin llegar a acuerdo) que justifican necesaria para “homogeneizar toda la regulación entre laborales y funcionarios, tras la necesaria modificación de lo que corresponde a convocatorias de funcionarios contras la que hay sentencias judiciales”.
Gerencia se reunirá el próximo miércoles 17 con el Comité de Empresa para seguir tratanto este asunto (posteriormente se reunirá la Mesa General de Negociación) con el siguiente orden del día:
¿Qué convocatorias de procesos de OEP de PTGAS Laboral se han judicializado y han concluido con una sentencia contraria al Reglamento 25/2022 que justifiquen estas propuestas de cambios?
A continuación, facilitaremos la documentación que Gerencia ha entregado al Comité de Empresa PTGAS el 20/12/2023, centrándonos en los anexos VI (BEREMO NUEVO INGRESO) y VII (BAREMO PROMOCIÓN PROFESIONAL) en el contexto de la sesión extraordinaria del C,E. de 11/1/2024, pudiendo consultarse el histórico de nuestros comunicados en la etiqueta «REGLAMENTO PROVISION-INGRESO-PTGAS».
La nueva propuesta de modificación del ANEXO VI “PROCEDIMIENTOS DE NUEVO INGRESO DE PTGAS LABORAL”, enviada por Gerencia el 20/12/2023, afecta a los apartados EXPERIENCIA PROFESIONAL y ANTIGÜEDAD:
APARTADO 1 EXPERIENCIA PROFESIONAL ANEXO VI NUEVO INGRESO
En consecuencia, para el apartado de Experiencia Profesional, desde UGT hemos venido proponiendo mantener la redacción del Reglamento vigente, de probada efectividad desde que se acordara en 2017 la primera versión, y, a la vista de que la mayoría del C.E. (CCOO-CSIF) se plegaba a admitir el mandato de Gerencia de cambiarlo, en esta sesión del C.E. hicimos una propuesta de modificación que minimizara los cambios.
Desde la nueva mayoría del CE (CCOO-CSIF) se ha rechazado nuestra propuesta y han aprobando la propuesta de CCOO con el argumento de que la negociación en cada convocatoria puede crear "inseguridad jurídica", algo que no compartimos, ya que entre las distintas funciones de este órgano de representación la negociación es uno de los derechos que nos ampara en la legislación vigente.
Con la propuesta de CCOO, aprobada por CCOO-CSIF, sin el apoyo de los votos de UGT, así quedaría el apartado de EXPERIENCIA en el Anexo VI, quedando pendiente conocer la opinión de Gerencia en el contexto de la negociación Gerencia - Comité de Empresa que continuará en la reunión del próximo miércoles 17:
ANEXO VI: BAREMO A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE NUEVO INGRESO DE PTGAS LABORAL (TEXTO APROBADO EN CE POR CCOO-CSIF)
1. Experiencia Profesional: hasta un máximo de 16 puntos.
a) Por servicios prestados en la Universidad de Córdoba en puestos de la misma unidad organizativa de la RPT, categoría o grupo profesional o inmediatamente inferiores al de la plaza a la que se aspira en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y con cargo al capítulo I del Presupuesto de la Universidad de Córdoba: 0,300 puntos por mes o fracción.
b) Por servicios prestados, no computados en el apartado anterior, en la Universidad de Córdoba en puestos de la misma unidad organizativa de la RPT a la que esté adscrita la plaza a la que se aspira adquirida en la Universidad de Córdoba en el ámbito de aplicación del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía: 0,150 puntos por mes o fracción.
c) Por servicios prestados, no computados en los apartados anteriores, en la misma Área puestos de la misma unidad organizativa de la RPT, categoría y/o grupo profesional de la plaza a la que se aspira y con cargo a capítulo del Presupuesto de la Universidad de Córdoba distinto al capítulo I: 0,075 puntos por mes o fracción.
d) Por servicios prestados, no computados en los apartados anteriores, en puestos de la misma categoría y grupo profesional al de la plaza a la que se aspira en relación con los procesos, procedimientos, funciones y tareas encomendados a la categoría y grupo profesional de la plaza a la que se aspira adquirida en una Administración Pública: 0,0380
e) Por servicios prestados, no computados en los apartados anteriores, en puesto cuyos contenidos funcionales sean coincidentes en relación con los procesos, procedimientos, funciones y tareas encomendados a la categoría y grupo profesional de la plaza a la que se aspira adquirida fuera de la Administración Pública: 0,019 puntos por mes o fracción.
APARTADOS 2 ANTIGÜEDAD ANEXOS VI NUEVO INGRESO Y VII PROMOCIÓN INTERNA
ANTIGÜEDAD EN ANEXO VI: NUEVO INGRESO
ANTIGÜEDAD EN ANEXO VII: PROMOCIÓN INTERNA
Desde UGT, tras solicitar información de otras Universidades Públicas Andaluzas, consideramos que con el texto propuesto por Gerencia se produciría una desprotección para todo el PTGAS Laboral en las próximas convocatorias, por lo cual, una vez explicado al resto de delegados y delegadas, propusimos y consensuamos aprobar por unanimidad la modificación de dicho texto en los correspondientes apartados de los mencionados anexos, quedando así:
NUESTRAS CONCLUSIONES
Partiendo de la base de que todos los cambios que viene proponiendo Gerencia, prácticamente cada mes, los justifican por informes de Asesoría Jurídica, que no se nos muestran, vamos a volver a dejar claro lo que pensamos sobre esta situación de intentar modificar el Reglamento 25/2022 de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del PTGAS de la UCO, ya que creemos que se puede llegar a cometer el error de limitar sin motivo algunas ventajas del personal laboral de la UCO gracias a su régimen jurídico específico:
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Este reglamento es de gran importancia para todo el PTGAS, por lo que las nuevas modificaciones deben de ser tratadas con un máximo de rigor y no se pueden hacer de una manera precipitada.
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Estando convencidos de que se debe tender al trato igualitario, no compartimos con Gerencia y otras organizaciones sindicales en que se regulen del mismo modo procedimientos de laborales y de funcionarios, ya que se limitarían algunas ventajas del personal eventual laboral de la UCO gracias a su régimen jurídico específico.
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En laborales hemos conseguido estabilizar empleo desde 2017 gracias a un reglamento que se ha ido revisando cuando era necesario, sin que existan sentencias judiciales contra estos procedimientos, al contrario de lo que ocurre con algunos de funcionarios.
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NO entendemos por qué un reglamento y sus revisiones, aprobados en Consejo de Gobierno con el visto bueno de Asesoría Jurídica, vuelva a tener que modificarse ahora en lo que afecta a laborales, sin que medie judicialización tal como sí ha ocurrido con los funcionarios.
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Mientras que no se garantice que se valoren adecuadamente los méritos específicos de nuestro PTGAS eventual de forma diferenciada del resto de posibles opositores, seguiremos diciendo NO a la MODIFICACIÓN del Baremo a aplicar en los procedimientos de nuevo ingreso del PTGAS Laboral, tal como manifestamos en noviembre cuando se iba a aprobar que un PTGAS eventual contratado como Grupo 4 en la UCO que se presentara a una convocatoria de OEP de Grupo 3 de la OEP de 2023 obtendría CERO PUNTOS en Experiencia Profesional.