UGT Informa: Teletrabajo del PAS de la UCO (8/11/2020)
El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia otorga una importancia transcendental a la negociación en la ordenación de esta forma de prestar la actividad laboral, convirtiéndola en un instrumento indispensable en el desarrollo y perfeccionamiento de los principios y medidas que rijan el trabajo a distancia y el teletrabajo en cada uno de los sectores específicos. La ley realiza numerosos llamamientos a la negociación y a los convenios colectivos y acuerdos colectivos, como por ejemplo, a la hora de definir las tareas y actividades susceptibles de trabajo a distancia, los mecanismos y criterios por los que se puede pasar a trabajo a distancia o viceversa, o los términos para el ejercicio de la reversibilidad.
Compañeros de UGT en la UCO están participando en la negociación del Trabajo a distancia en los ámbitos autonómico y estatal. Si quieres colaborar comunícalo al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando tus datos de contacto.
En el punto 10º de la sesión del Comité de Empresa PAS del 6 de noviembre de 2020, desde UGT rogamos a su Presidente que, tal como manifestamos en la MGN de 2 de octubre, siendo ese órgano de representación unitaria competente en la negociación del Teletrabajo, conforme establece la normativa laboral, preguntase a la Gerencia cuándo va a negociar esta materia, recordando que mientras tanto todos y cada uno de los puestos del PAS Laboral son susceptibles de realizar teletrabajo, más aún en las actuales circunstancias de pandemia en las que nos encontramos en la que durante el anterior confinamiento se comprobó que todo el PAS puede teletrabajar. Durante esa sesión del CE lamentamos la falta de coherencia de las personas que representan al sindicato hermano de CCOO en ese Comité de Empresa, cuando por un lado exigen que temas muy relevantes para el PAS Laboral, como el TELETRABAJO, se negocien exclusivamente en la Mesa General de Negociación y luego esas mismas personas imputan al pleno del Comité de Empresa el no exigir negociar esos u otros aspectos.