UGT y CCOO instan a Función Pública a impulsar en las Administraciones la aplicación de las medidas acordadas para la recuperación de derechos y el avance en la jubilación parcial anticipada (07/02/2023)
Así, la Disposición Final vigésimo primera, modifica el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, suprimiendo entre otros, los artículos que imponían una limitación a los días de permiso y a las vacaciones adicionales; que recortaban las licencias sindicales para poder ejercitar el derecho de negociación colectiva en las administraciones públicas y en el sector público institucional; que impedían el cobro del 100% en caso de incapacidad temporal; que suspendían los convenios y acuerdos previos contrarios al referido Decreto, o que eliminaba del TREBEP la posibilidad de la jubilación parcial anticipada del personal funcionario.
Igualmente, ambas organizaciones sindicales han expuesto a lo largo de la reunión otros derechos que consideramos deben ser recuperados, como es el caso del incremento de Fondos de Acción Social, la restitución del abono del desplazamiento por retorno al personal funcionario destinado en el extranjero, o la cuantía completa de las pagas extraordinarias, entre otros asuntos.
Respecto a la jubilación parcial anticipada, hemos situado la prioridad, una vez se introduzcan las adaptaciones normativas pertinentes en el TREBEP, de trabajar intensamente antes de la próxima reunión del grupo, que será el 6 de marzo, para la implantación de este derecho y que sea una realidad.