UGT firma un acuerdo histórico en materia de Empleo Público

FeSP-UGT ha firmado el Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público 2017. Se trata de un Acuerdo global que afecta por igual al conjunto de las Administraciones Públicas (General, Autonómica y Local), a todos los empleados públicos (funcionario, estatutario, laboral), a la gran mayoría de sectores integrados en la FeSP-UGT(Sanidad, Educación, Justicia, Servicios Sociales, Policía Local, Administración Penitenciaria, Servicios Públicos de Empleo, Investigación, etc.),y a todo el personal con una vinculación temporal con la Administración (interinos, eventuales, temporales, refuerzos, indefinido no fijo, etc.)

 

Aunque llegan informaciones confusas en relación a cómo afecta el acuerdo a las Universidades Públicas, UGT en la UCO hace la interpretación inicial más favorable de que las Universidades Públicas están incluidas, conforme a:

  • Que en el artículo Primero.- Oferta de empleo público del Acuerdo (último párrafo de la segunda página) se dice: "Además de éstos y del resto de sectores reflejados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, se incluirán como nuevos sectores prioritarios..."
  • Que en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que la Universidad es un sector prioritario, por lo que a lo largo del ejercicio 2016 se pudo proceder en las Universidades a la incorporación de nuevo personal, con sujeción a las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, y se fijó la tasa de reposición en un máximo del 100%.

 

Aún así, en el artículo Tercero.- Constitución de grupos de trabajo en materia de empleo público del acuerdo, se indica que se seguirá negociando con respecto al personal de las Universidades Públicas (con una elevada temporalidad y precariedad), cuestión que será necesario clarificar en cuanto al alcance y contexto.

 

 

El Acuerdo es el inicio de un proceso que habilita la reducción de la temporalidad en un 90%. El plan estabilizará a casi 350.000 empleados públicos con contratos eventuales o interinos: 130.000 trabajadores de la sanidad pública; 10.000 empleados de justicia y más de 100.000 docentes. A estas cifras se sumarán otros colectivos como servicios sociales, policía local, inspección y recaudación, cuyo montante se cuantificará en cada ámbito. El Gobierno permitirá a las Comunidades Autónomas convocar toda la oferta de plazas docentes (también las universitarias) antes de la supuesta aprobación de los PGE 2017. Las CCAA también podrán convocar las de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías locales.

 

Se trata solo de un primer paso, y UGT no va a renunciar a la recuperación del poder adquisitivo perdido en los últimos años, que se sitúa en torno a un 15%. "Le hemos ofrecido al Gobierno un acuerdo plurianual para recuperar poder de compra". El Gobierno ha cifrado en un 1% la subida salarial para el personal al servicio de las Administraciones en 2017, medida que cuenta con la oposición de todas las organizaciones sindicales de la Mesa.

 

El Acuerdo incorpora la creación de grupos de trabajo encargados de negociar una serie de materias muy importantes para el conjunto de los empleados públicos: Movilidad, formación, igualdad, mutualidades e implantación de la administración digital.

 

De ahí la importancia de un Acuerdo que ha puesto los cimientos para enderezar el rumbo en materia de empleo público, pero partiendo que la rectificación del Gobierno no acaba con su firma, pues sobre empleo público es preciso seguir negociando con respecto al personal de las Universidades Públicas (con una elevada temporalidad y precariedad), tal y como se prevé en el propio Acuerdo, pero ya sin la urgencia y presión que suponen los plazos para la tramitación parlamentaria de la Ley de Presupuestos 2017.

 

Entre otras cuestiones, destacamos algunas de interés en nuestro ámbito:

  • Desde la perspectiva de la negociación colectiva, otorga a la Mesa Sectorial de Universidad el protagonismo de desarrollar y ejecutar el Acuerdo, conforme a las competencias que el EBEP efectivamente le confiere.
  • Se aplicará una tasa de reposición del 100% en el caso de los sectores prioritarios como el de la Educación.
  • En las ofertas de empleo público objeto del acuerdo, se fomentará la utilización de la promoción interna, en los términos en que se negocien, y las plazas que se oferten a promoción interna no computarán a los efectos de tasa de reposición.
  • En cuanto a Medidas en materia de reducción de empleo temporal se acuerda analizar el porcentaje de interinidad en los servicios públicos esenciales y buscar fórmulas que refuercen la estabilidad de las plantillas de personal en dichos ámbitos, en colaboración con el resto de Administraciones Públicas y dentro de los límites y reglas de gasto establecidos.
  • En este sentido recordamos el pasado 24 de marzo remitimos al Rector el escrito UGT SOLICITA AL RECTOR EL INICIO DE LA NEGOCIACIÓN PARA ACUERDO DE ESTABILIDAD DE EMPLEO.
  • Se acuerda que se constituirán una serie de grupos de trabajo para aquellas materias que necesiten un ulterior desarrollo y/o que requieran de la continuación del diálogo entre Administración y Organizaciones Sindicales firmantes, tales como:

Estudio de la evolución y situación del empleo en las Administraciones Públicas, con especial referencia a las distintas Administraciones locales y a las Universidades Públicas. Análisis de otras cuestiones normativas que puedan afectar al Estatuto Básico del Empleado Público y al personal al servicio de las Administraciones Públicas. Seguimiento de la doctrina jurisprudencial referida al personal de las Administraciones Públicas, y entre otras materias, la referida a la temporalidad.”

  • El Gobierno permitirá a las Comunidades Autónomas convocar toda la oferta de plazas docentes (también las universitarias) antes de la supuesta aprobación de los PGE 2017. En relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes, se podrán convocar las plazas que desde hace al menos tres años, vengan estando ocupadas por personal con una vinculación temporal, de forma que se pueda reducir, a lo largo de los próximos tres años, y en un máximo de un 90%, las plazas ocupadas de forma temporal y la cifra de personal con una vinculación temporal existente a la fecha de firma de este acuerdo. Todo ello con la finalidad de reducir la temporalidad para reforzar la estabilidad de las plantillas, sin que al finalizar el periodo se pueda producir de nuevo un incremento de las tasas de temporalidad, que deben mantenerse por debajo del 8% y siempre dentro de los límites y reglas de gasto establecidos.
  • No computará a efectos de tasa de reposición
    • La convocatoria de plazas de carácter estructural de personal laboral que a la fecha de firma del presente acuerdo estén cubiertas por un efectivo declarado como indefinido no fijo por sentencia judicial, no computará a efectos de tasa de reposición.
    • La convocatoria de plazas que, en los términos previstos en la Disposición transitoria cuarta del Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, estén dotadas presupuestariamente y, a la fecha de firma de este acuerdo, y desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma interina o temporal. A estas convocatorias les será de aplicación lo previsto en el apartado tercero de la citada Disposición transitoria del Estatuto Básico del Empleado Público:
      • El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
      • Los procesos selectivos se desarrollarán conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 61 del EBEP.

 

Recordamos el pasado 24 de marzo remitimos al Rector el escrito UGT SOLICITA AL RECTOR EL INICIO DE LA NEGOCIACIÓN PARA ACUERDO DE ESTABILIDAD DE EMPLEO.

 

Descargar documento "Acuerdo Para la Mejora del Empleo Público" (+)

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