Reglamento de formación del PTGAS: UGT Informa sobre Comité de Empresa PTGAS Laboral de 22-9-2023
UGT vota en contra del documento pactado en la Comisión de Formación del PTGAS ya que el artículo 23 limita gravemente las competencias de los órganos de representación del PTGAS: Comité de Empresa Laboral y Junta de Personal Funcionario. La actual mayoría absoluta en dichos órganos y en esta mesa, resultado de las últimas elecciones sindicales, deberá asumir la responsabilidad de limitar gravemente las competencias de los órganos de representación en la Formación del PTGAS.
- Los delegados y delegadas de UGT tuvimos conocimiento de las actuaciones en la Comisión de Formación del PTGAS (CFP) por parte de los representantes del Comité de Empresa laboral (CEPTGASL) y de la Junta de PTGAS funcionario (JPTGASF) a través del Boletín de la UCO del pasado viernes 15, cuando se publicaron las actas de las últimas sesiones, resultando destacable el punto 6º del acta de 20 de julio “Aprobación, si procede, del nuevo Reglamento de Formación”.
- Así mismo, tuvimos conocimiento por la Gerencia de que en la última sesión de la CFP de 11 de septiembre se había aprobado el texto del REGLAMENTO DE FORMACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO, DE GESTIÓN Y DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA.
- Los delegados y las delegadas de UGT queremos dejar constancia de que no estamos de acuerdo ni con la forma en que se ha acordado en el seno de la CFP el texto del citado documento ni con el fondo de las consecuencias de lo establecido en el artículo 23 sobre la composición de la Comisión de Formación:
- NO estamos de acuerdo con el fondo porque no compartimos lo establecido en su artículo 23 sobre una nueva composición de la Comisión de Formación que deje sin voto en la mencionada Comisión de Formación a los órganos de representación, limitando las competencias que le corresponden y tomando caminos totalmente contrarios al resto de Universidades Públicas de Andalucía con comités de empresa y juntas de personal (excepto la UPO), en el que tienen voz y voto ambos órganos de representación. No entendemos como representantes elegidos por el PTGAS laboral y funcionario para estos órganos de representación, están de acuerdo con limitar derechos de estos mismos órganos a los que pertenecen y representan. Con respecto al resto del contenido del documento, estamos de acuerdo en que se moderniza la regulación de la formación del PTGAS Laboral y Funcionario, reconociendo que ha tenido en cuenta el resto de propuestas que UGT presentó tras consultar al colectivo, entre las que se incluía el dar participación a las organizaciones sindicales, pero no a costa de dejar sin competencias a los órganos de representación.
- NO estamos de acuerdo con la forma en que se ha acordado entre Gerencia y los representantes de los órganos de representación del PTGAS el texto del documento sin haberlo sometido previamente a la consideración de los órganos de representación que representan, haciendo incluso apreciaciones muy personales, sesgadas por la opinión de las siglas, que han quedado recogidas en las actas de la CFP.
- Los delegados y delegadas de UGT en el CE expresamos nuestra desaprobación a que la representante de este CE admitiera en la sesión de 11/9/2023 de la CFP una redacción del artículo 23 contraria al planteamiento que tenía este órgano de representación, tal como había dejado reflejado previamente en el punto 6º del acta de la sesión de la CFP de 20/7/2023 que “el Comité de Empresa es favorable a mantener la actual composición de la Comisión de Formación, con una persona designada por la Junta del PTGAS Funcionario y una persona designada por el Comité de Empresa PTGAS Laboral, dando cabida en la composición a las personas designadas por cada una de las organizaciones sindicales”.
- Lamentamos las palabras del representante de Junta de Personal en la sesión de la Comisión de Formación de 20 de julio (punto 6º). de que “la Junta de Personal es favorable a eliminar a los representantes designados tanto por el Comité de Empresa como por la Junta de Personal”, aludiendo a un supuesto acuerdo unánime en una hipotética sesión de JPTGAS de 27/5/2020.